Ejecutivo emitió el Reglamento a la Ley de Incentivos
El presidente de la República, Rafael Correa, mediante Decreto Ejecutivo No. 100 de 2 de septiembre del 2013, expidió el Reglamento a la Ley de Abono Tributario, que tiene como objetivo compensar los efectos de la renuncia del Ecuador al Sistema de Preferencias Arancelarias (Atpdea, por sus siglas en inglés).
En el documento se señala que el Comité Administrativo de la Ley de Abono Tributario (Calat), basado en las condiciones económicas del país y considerando el comportamiento del mercado internacional de productos, calificará a los beneficiarios del certificado de abono tributario.
Además, dicho organismo definirá tanto los montos máximos anuales del beneficio por exportación, como los mercados internacionales de destino “de las exportaciones ecuatorianas respecto de las cuales los exportadores hayan sufrido una desmejora en el nivel de acceso”.
También el Calat deberá aprobar las resoluciones que sean necesarias para la correcta aplicación de la normativa legal y este reglamento; y resolver la terminación anticipada de los períodos de concesión de Abono Tributario.
Dentro de la ley se plantea un esquema de infracciones para frenar el uso indebido del Abono TributarioEl decreto también menciona que el exportador, para recibir el Certificado de Abono Tributario deberá estar al día en el cumplimiento de sus obligaciones legales ante sus trabajadores. Para ello, “llenará un formulario proporcionado por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador”.
De igual manera, el artículo 5 del documento indica que “la Aduana concederá dichos certificados: a las personas naturales o jurídicas que hayan calificado para el efecto, una vez que su declaración aduanera de exportación se encuentre regularizada”, conforme el procedimiento establecido en este reglamento.
Al respecto, en días pasados el ministro Coordinador de la Producción, Richard Espinosa, insistió en que él pedirá que el pago a los exportadores rija desde el 1 de agosto, es decir, de manera retroactiva, ya que la ley entró en vigencia el pasado 12 de agosto.
“El Abono Tributario consiste en la devolución de los aranceles que les tocaría pagar por concepto de exportaciones a través de un sistema mucho más ágil y efectivo. Vamos a compensar esta afectación que alcanza los aproximadamente 23 millones de dólares para todos los productos que tienen el beneficio del Atpdea”, enfatizó Espinosa.
De su parte, Xavier Cárdenas, director general del Senae, recalcó que dentro de la ley se plantea un esquema de infracciones para frenar el uso indebido del Abono Tributario, a través de sanciones administrativas.
Sectores afectados
El ministro de Comercio, Francisco Rivadeneira, manifestó que si bien existen algunos sectores que serán afectados con esta medida, otros productos ecuatorianos no tendrán problema.
Rivadeneira señaló que la mayoría del comercio exterior ecuatoriano que ingresa a Estados Unidos no tendrá ninguna dificultad debido a la cláusula de Nación Más Favorecida (NMF) de la Organización Mundial de Comercio (OMC).
“Ahí están la mayoría de los productos más importantes, tanto en valor y volumen (excepción de las rosas y en parte el atún), como por ejemplo el café, cacao, banano, entre otros”, recalcó el funcionario.