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Deducción de gastos en año fiscal

Deducción de gastos en año fiscal
14 de mayo de 2012 - 00:00

El Servicio de Rentas Internas (SRI) dio a conocer una nómina con los rubros que no estaban contemplados hasta el año pasado.

Desde este período fiscal, los contribuyentes podrán incluir nuevos rubros en la deducción de gastos personales en la declaración del Impuesto a la Renta (IR).

Así por ejemplo, en el rubro de vivienda, a más de los intereses de un crédito hipotecario se pueden incluir los gastos por remodelación, ampliación y mantenimiento de un único inmueble.

Asimismo, los pagos que se efectúan por servicios básicos como: agua, luz, teléfono convencional, así como alícuotas del condominio o ciudadela.

A los valores ya estipulados en lo concerniente a los alimentos se pueden incluir los gastos por la compra de productos naturales o artificiales que aporten a la nutrición.

En cuanto al área educativa, se podrá deducir el costo del servicio del transporte escolar, mientras que en salud se incluyen los gastos relacionados al bienestar físico y mental.

Sin embargo, la deducción total de los gastos no podrá superar el límite permitido por el SRI, cuya especificación aparece detallada en el sitio web www.sri.gov.ec.

Hay que tomar en consideración que no se podrán realizar deducciones con comprobantes de ventas emitidos en el exterior.

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