Esto dice el Decreto que reduce el ICE al 30% en importación de armas de fuego, deportivas y otros
A partir del 1 de julio de 2024 estará vigente la reducción del 30% del Impuesto a los Consumos Especiales (ICE) para la importación de armas de fuego, armas deportivas y municiones. Consta en el Decreto Ejecutivo 302, emitido por el presidente Daniel Noboa, con fecha del 12 de junio de 2024.
En el documento se explica que la finalidad es “fortalecer la seguridad ciudadana y promover la lucha contra el tráfico ilícito de estas armas de fuego, armas deportivas y municiones”.
Horas antes de la publicación de este Decreto, la Cámara de Empresas de Seguridad Privada del Ecuador solicitó que se mantenga la reducción del ICE. ¿El motivo? La importancia de la adquisición de armas en el contexto de inseguridad.
Contexto
El 29 de mayo de 2024, el Servicio de Rentas Internas (SRI) informó que, tras la decisión de la Corte Provincial de Pichincha que dejó sin efecto el Decreto Ejecutivo 645, del 10 de enero de 2023, se establecieron nuevas tarifas del ICE para estos productos:
Descripción | Tarifa conforme Decreto Ejecutivo 645 | Tarifa vigente desde el 21 de mayo | Tarifa según el Decreto 302* |
Tabaco de los consumibles de tabaco calentado y líquidos que contengan nicotina a ser administrados por medios de sistemas de administración de nicotina. | 50% | 150% | |
Armas de fuego, armas deportivas y municiones. | 30% | 300% | 30% |
Aviones, avionetas y helicópteros, excepto aquellas destinadas al transporte comercial de pasajeros, carga y servicios; motos acuáticas, tricares, cuadrones, yates y barcos de recreo | 10% | 15% |
*Desde el 1 de julio, las armas de fuego, armas deportivas y municiones volverán al impuesto del 30%.
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