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Ecuador, 23 de Enero de 2025
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Comex rechaza resolución de la Secretaría de la CAN

El Comité de Comercio Exterior (Comex) manifestó hoy su desacuerdo a la resolución que dictaminara la Secretaría General de la Comunidad Andina (CAN) de que el Gobierno de Ecuador incurrió en el incumplimiento parcial del Acuerdo de Cartagena al expedir el Acuerdo N° 1424 del Ministerio de Industrias y Productividad (Mipro), que establece un trato diferenciado y mejor a los productos de origen europeo respecto a los productos de origen andino.

En un comunicado, el Comex sostiene que el Ministerio de Industrias y Productividad (Mipro) mediante el Acuerdo 14241, reconoció como equivalentes dichos estándares a las exigencias establecidas para los productos que se comercializan en el Ecuador tanto de producción nacional como importados.

Además, "los productos europeos deben cumplir con todos los requisitos técnicos establecidos en la legislación ecuatoriana para que puedan ser comercializados en el país. A través del Acuerdo Ministerial 14241, el Ecuador reconoce este tratamiento especial para la verificación del cumplimiento de los requisitos de calidad únicamente cuando en la Unión Europea exista una reglamentación técnica equivalente a la ecuatoriana.", reza el escrito.

En la misiva, el Comex manifiesta que rechaza la obligatoriedad de brindar las preferencias a los países andinos al igual que a la Unión Europea, pues los estándares de calidad no son equivalentes. La Secretaría de Estado indica también que se han venido realizando diálogos con los países andinos con respecto a esta temática.

"No obstante, el Ecuador ha venido dialogando con los demás países andinos y ha llegado a acuerdos con el objetivo de promover una mayor armonización de los requisitos de calidad a nivel regional y de esta manera facilitar el intercambio comercial intrarregional."

Ecuador podrá seguir exportando botas al Perú

Por otra parte, la Secretaría General de la Comunidad Andina mediante la Resolución 1738, decidió el recurso de reconsideración presentado por el Gobierno del Perú contra la Resolución 1719, del 1 de septiembre de 2014, emitido por el organismo regional, ratificando que las botas de plástico elaboradas por la empresa Plasticaucho Industrial S.A., exportadas por Ecuador al Perú, cumplen las normas de origen establecidas.

Sobre la base de esta decisión el organismo regional declara “infundada la solicitud de medidas cautelares presentada por el Gobierno del Perú, e infundado el recurso de reconsideración presentado por dicho estado contra la Resolución 1719”, por la cual se estableció que el Perú deberá disponer dejar sin efecto las garantías aplicadas a los certificados de origen observados.

Lea el comunicado completo aquí

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