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Ecuador, 28 de Septiembre de 2024
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Colombia y Perú califican a tasa aduanera como gravamen al comercio

Colombia considera que la tasa de servicio de control aduanero (TSCA) constituye un gravamen al comercio, contrario al Programa de Liberación Andino y a las normas de la Organización Mundial de Comercio (OMC).

Este es el segundo país miembro de la Comunidad Andina (CAN) que ha solicitado a la Secretaría General del bloque calificar la tasa como gravamen al comercio.

Perú fue el primero en presentar sus razones. El 17 de enero la CAN admitió a trámite dicha solicitud y otorgó a los demás países un plazo de 20 días para presentar los elementos de información para determinar si la tasa es un impuesto.  Bolivia aún no se ha pronunciado.

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo de Colombia señaló, en una carta, que para proceder al cobro de una tasa se debe prestar un servicio. En oposición a este concepto, la tasa aduanera mantiene una unidad de control diferencial de acuerdo con el bien. En consecuencia sería un gravamen.

Uno de los motivos del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador para implementar la tasa es el fortalecimiento del control aduanero, sin embargo, la entidad colombiana desestimó tal argumento y explicó que dicho  control es una obligación del Estado ecuatoriano.

Colombia afirmó que diferentes tasas a productos incentivan el contrabando técnico en lugar de evitarlo. (I)

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