Cobro del 14% del IVA entrará en vigencia desde el 1 de junio
La Ley Orgánica de Solidaridad y de Corresponsabilidad Ciudadana para la Reconstrucción y Reactivación de las zonas afectadas por el terremoto de 16 de abril de 2016 fue publicada este viernes en el Registro Oficial.
Sin embargo, la disposición transitoria primera de la norma estipula que el aumento de 12% a 14% del IVA entrará en vigencia "durante el período de hasta un año contado a partir del primer día del mes siguiente a la publicación de la presente ley".
Con esta disposición, el cobro del 14% del IVA entrará en vigencia desde el 1 de junio.
En esa misma disposición se agrega que las personas naturales que sean consumidores finales y realicen sus adquisiciones de bienes o servicios, en la provincia de Manabí, el cantón Muisne y en las otras circunscripciones de la provincia de Esmeraldas que se definan mediante Decreto, recibirán del Estado un descuento equivalente al incremento de dos puntos porcentuales del IVA pagado en sus consumos; es decir en estas zonas se mantiene el 12% de IVA.
De hecho, el presidente Rafael Correa dijo el jueves en un conversatorio que, tras las evaluaciones realizadas luego de las 2 réplicas de 6,8 grados, incluirá a toda la provincia de Esmeraldas en la normativa, de tal manera que acceda a todos los beneficios que estipula la misma.
La ley dispone que por la aplicación del descuento dispuesto en el inciso anterior, el Servicio de Rentas Internas, establecerá el procedimiento para que los vendedores de bienes o prestadores de servicios, lo realicen directamente, teniendo derecho a compensarlo como crédito tributario. En caso de que este crédito tributario no pueda ser compensado se aplicará lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley de Régimen Tributario Interno. (I)