Adultos mayores tienen beneficios tributarios
La población del Ecuador envejece, de modo que las nuevas políticas públicas apuntan a ese segmento. Las proyecciones del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC) develan que de 17’267.986 de ecuatorianos, el 7,2% es adulto mayor, es decir 1’264.423. Esos números aumentarán de manera paulatina, según las autoridades.
Susana Tito, subsecretaria de Atención Intergeneracional del Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES), dijo que para reducir, por ejemplo, las cifras de pobreza en este segmento es necesario trabajar desde la infancia.
Aseguró que el Gobierno lo hace, pero reveló que también deben centrarse en las adultas mayores. Por ello, el Ejecutivo promulgó la Ley Orgánica de las Personas Adultas Mayores, que establece derechos y mejores condiciones de vida.
En el documento, inscrito en el Registro Oficial el 9 de mayo, se establecen beneficios económicos; esto, luego de que el Ejecutivo comprobara que más de la mitad de este grupo humano se encuentra en condiciones de pobreza.
El artículo 13 ratifica beneficios tributarios. Entre ellos la exoneración del 50% en las tarifas de transporte (incluido el aéreo), así como de espectáculos públicos, turismo y recreacionales.
Al respecto, los dirigentes de los adultos mayores lamentaron que los representantes del servicio de transporte no cumplan con la ley.
María Castro, de 67 años, dijo que rara vez accede a la tarifa preferencial en los taxis amarillos en Quito (0,25 arranque de la carrera). Así como ella, Arnulfo Gómez, un contador de 71 años, reconoce que “pocas veces accede a la tarifa especial en el servicio de transporte provincial”.
En la nueva ley también se les exime del cobro del 50% del valor de consumo de servicios como energía eléctrica, agua potable, teléfono fijo y del plan básico de telefonía celular e internet.
Para esas rebajas, ese segmento de la población deberá presentar la cédula o el carné de jubilado y pensionista del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) en las empresas que prestan esos servicios básicos.
La legislación también determina que esas entidades del Estado tienen la obligación de informar de esos beneficios a los adultos mayores y a sus familiares.
En ese articulado también se estableció que quienes tengan ingresos mensuales de hasta $ 1.970 o posean un patrimonio de hasta $ 197.000, serán exonerados del pago de impuestos fiscales y municipales.
Uno de los aspectos más significativos de la ley, según los adultos mayores, es el acceso a las fuentes laborales.
El artículo 21 aclara que ellos tienen derecho a un trabajo digno y remunerado, en igualdad de condiciones. “El trabajo que se asigne a una persona adulta mayor deberá ser acorde a sus capacidades, limitaciones, potencialidades y talentos, garantizando su integridad”, reza en la nueva ley. También se hace énfasis en impulsar el emprendimiento y su financiamiento.
Incluso, por su edad, las entidades darán “prioridad” para líneas de crédito, con tasas preferenciales. Pero en ese documento no se determina más detalles sobre esos beneficios.
Al respecto, los adultos mayores emitirán una carta a la titular del MIES, Berenice Cordero. Allí recomendarán que el Gobierno establezca con claridad, los beneficios de ley que deben cumplir las instituciones del Estado.
“Aunque está en la ley, los derechos no se aplican de manera correcta. Esa es nuestra queja”, resaltó Édison Lima, titular de la Asamblea de Jubilados y Adulto Mayor.
Sin embargo, el MIES destaca los parámetros de la ley, al subrayar que se enmarca en las acciones de programas gubernamentales como Mis Mejores Años.
Esa iniciativa estatal tendrá una inversión anual de más de $ 400 millones. Así lo estableció el Ejecutivo la semana pasada. Con esos recursos se entregarán ayudas técnicas, prestaciones médicas, vivienda y se ampliarán las transferencias monetarias.
Con Mis Mejores Años han sido atendidos hasta el momento alrededor de 400.000 personas, sin embargo, el programa será ampliado a 100.000 beneficiarios a finales de mayo. $ 50 millones se invertirá en ello.
Accesibilidad y vivienda
La nueva legislación también garantiza el derecho a la accesibilidad y a la vivienda de interés público.
En el artículo 38 se determinó que “en toda obra pública y privada de acceso público, urbana o rural, deberán preverse accesos, medios de circulación, información e instalaciones adecuadas para personas adultas mayores”.
En ese sentido, representantes del sector de la construcción que hablaron con este Diario detallan que en los últimos años ya se trabaja para mejorar la accesibilidad a las obras. Además, se garantiza el acceso prioritario a la vivienda de interés social que impulsa el Ejecutivo o los gobiernos descentralizados. (I)