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Aduana habilitó dos vías virtuales para la remisión

Los interesados pueden consultar sus obligaciones pendientes en la web con su número de cédula o RUC.
Los interesados pueden consultar sus obligaciones pendientes en la web con su número de cédula o RUC.
Foto: Mario Egas / El Telégrafo
05 de septiembre de 2018 - 17:30 - Redacción Economía

El Servicio Nacional de Aduana (Senae) implementó en su página web y en el sistema Ecuapass las herramientas para que personas naturales o jurídicas accedan al proceso de remisión.

Desde el 21 de agosto, el Senae puso a disposición de los usuarios los mecanismos para acogerse al beneficio que es parte de la Ley de Fomento Productivo.

Fabián Ronquillo, subdirector de Normativa Aduanera, señaló que la deuda total suma $ 175 millones, de los cuales $ 112,7 millones corresponden a capital y $ 62,3 millones representan intereses y recargos.

El funcionario explicó que al beneficio pueden acogerse las personas o empresas que mantengan obligaciones con la institución por motivo de rectificación de tributos tras controles posteriores generados en los últimos años.

“El control posterior es parte de las facultades del Senae para hacer una rectificación de tributos. Se genera una nueva liquidación y el operador de comercio exterior debe cancelar a favor del Estado”, explicó Ronquillo.

Hasta el momento se estima que al beneficio pueden acogerse unos 1.900 contribuyentes.

Al ingresar a la página web https://www.aduana.gob.ec o a Ecuapass, el interesado debe acceder a la pestaña sobre el proceso de remisión, digitar su número de cédula o RUC y consultar sus obligaciones pendientes.

Se seleccionan las opciones a las que quiere acogerse y se envían los datos.

Aquellas personas o empresas que deseen acogerse a la remisión deben haber sido sujetos de la revisión de los tributos sobre los cuales la autoridad hizo una rectificación hasta el 2 de abril de 2018.

La entidad maneja dos grupos para el proceso. El primer grupo tiene que realizar un solo pago dentro de 90 días. En este segmento se encuentran las empresas cuyo promedio de ingresos brutos en los últimos tres años sea mayor a $ 5 millones, los integrantes de grupos económicos y los sujetos pasivos.

Otro grupo corresponde a los contribuyentes que paguen su deuda durante los 90 días que dura la remisión, o que decidan acogerse a una facilidad de pago durante 2 años. (I)

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