Acuerdo con tenedores de bonos ahorra $ 811 millones al país
Ecuador consiguió la aprobación de la Solicitud de Consentimiento, realizada el pasado 8 de abril, con el objeto de diferir pagos de intereses hasta el 15 de agosto de 2020.
Según un comunicado del Ministerio de Finanzas, con esta decisión el país aplaza los pagos de intereses por $ 811 millones entre marzo y agosto.
El presidente de la República, Lenín Moreno, anunció la noticia en su cuenta de Twitter: “Los tenedores de deuda confían en Ecuador. Han aceptado renegociarla. ¡Acabamos de ahorrar $ 811 millones que servirán para aliviar la emergencia nacional que vive el país!”.
El acuerdo fue aceptado este 17 de abril por el 91% de los tenedores de los bonos con vencimientos en los años 2022, 2023, 2025, 2026, 2027, 2028, 2029 y 2030, cuyo valor total agregado asciende a alrededor de $ 17.000 millones; y 82% de los bonos de 2024, que alcanzan los $ 2.000 millones.
Esta aceptación de los tenedores para que Ecuador no pague estos intereses, se da gracias a que el país realizó el pago de capital efectuado en marzo, agrega el Ministerio de Finanzas.
Desde ahora y hasta el 15 de agosto, el gobierno del Ecuador continuará un diálogo con los tenedores de bonos “para alcanzar acuerdos, de forma ordenada y así mejorar su perfil de deuda”.
Esta media es parte de las políticas para enfrentar la crisis sanitaria. Richard Martínez, titular de Economía y Finanzas, dijo que “de esta manera Ecuador toma un paso más hacia el mejoramiento del perfil de su deuda externa y alivia la presión en la caja fiscal, obteniendo la liquidez necesaria para hacer frente a la emergencia humanitaria, sanitaria y económica por la que atravesamos”.
Gonzalo Rueda, gerente de Market Watch, explicó que el pago del capital de los Bonos 2020 y la actual renegociación fue “óptima” para la economía del país.
La operación dará un alivio en el flujo de la caja fiscal y el Gobierno se puede concentrar en los próximos préstamos que bordean el 9% o 10% del Producto Interno Bruto (PIB), indicó el experto. (I)