El impuesto a la renta único para el sector agropecuario se mantiene en el proyecto de Ley Orgánica de Simplicidad y Progresividad Tributaria, enviado por el Ejecutivo a la Asamblea Nacional. Este impuesto será aplicado a 9.808 empresas y se espera recaudar $ 177 millones anuales. El impuesto se cobrará por los ingresos provenientes de actividades agropecuarias en la etapa de producción y/o comercialización local o externa. Para su efecto existe una tabla progresiva que establece que los productores que tengan ingresos hasta $ 19.999 no pagan impuestos. Pero quienes generen desde $ 20.000 a $ 300.000 pagarán de impuesto el 1%. A medida que aumentan sus ingresos el porcentaje puede llegar hasta el 1.80%. Los exportadores cuyos ingresos sean desde $ 0 hasta $ 300.000 tendrán un impuesto del 1.30% y pueden llegar hasta un 2%. Se calcula sobre una fracción básica y sobre el excedente. John Arias, gerente de Census Consultores, firma de asesoría legal y tributaria, explica que en el caso del sector bananero, el impuesto ha formalizado a los informales. “La Ley pretende hacer que todo el sector agropecuario se formalice, sin tener que preocuparse por facturas, sino solo pagar el impuesto que le corresponde en función a sus ventas netas”, explicó. El porcentaje se establece en función de las cantidades de venta, por ejemplo: si el productor vende $ 1 millón tiene que pagar 1.6%, que serían $ 16.000 de impuesto a la renta. Kléber Sigüenza, representante gremial, coincide con Arias. “El productor se beneficia porque evita un papeleo excesivo, riesgos con el Servicio de Rentas Internas (SRI), y se formaliza; es un ganar y ganar”, asegura. Cree que la medida es positiva porque los impuestos deben ser progresivos: “el que más vende más gana y más paga”. Asegura que todo el sector agrícola apoya la medida. Se corrige distorsión Richard Salazar, presidente de la Asociación de Comercialización y Exportación de Banano (Acorbanec), explica que en el caso del sector exportador se corrige una distorsión. La base imponible del impuesto a la renta único siempre debió haber sido la diferencia entre el FOB (precio en puerto), y el precio mínimo de sustentación (PMS). La nueva Ley lo que hace es corregir dicho error. Actualmente, el sector está pagando sobre el valor FOB que incluye el PMS para el gasto de exportación y la utilidad del exportador. “Se evidencia una doble tributación”, señala. Al establecer una base imponible real, que es la diferencia entre el precio FOB y el PMS, sobre eso se tributará hasta el 3% en el caso del sector exportador. El director ejecutivo de la Asociación de Exportadores de Banano del Ecuador (Aebe), Raúl Villacrés, asegura que de aprobarse la ley el beneficio ayudaría a que las compañías medianas y pequeñas tengan liquidez. Además, que avancen en los procesos para llegar a mercados nuevos, como Asia, China Japón, Corea, y países del Medio Oriente como Siria, Turquía y Argelia. “Confiamos en que este artículo sea aprobado con el fin de evitar ese doble pago en el caso de la exportación; la propuesta estuvo en el proyecto anterior y el Ministro de Economía y Finanzas lo ha mantenido en este nuevo”, añade Villacrés. Sobre la devolución simplificada de tributo, Salazar cree que la propuesta es interesante sobre el incentivo al sector exportador, ya que los costos de producción y gastos de exportación son bastante altos en el Ecuador, más aún con el sistema tributario actual. “El sector bananero estaba exportando impuestos y perdiendo competitividad en mercados importantes como el de Europa, donde ya nos desplazaron por ser más caros. Estamos exportando alrededor del 15% menos, 8% al Cono Sur y 2% a Rusia. (I)