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Ecuador, 22 de Diciembre de 2024
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El Telégrafo
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Al acogerse a la normativa se disminuirán los costos de quienes se encuentren en litigio con la entidad tributaria

106.726 empresas deben más de $ 5.700 millones al Estado

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Un total de 106.726 sociedades que  mantienen deudas con el Servicio de Rentas Internas (SRI) podrían aplicar a la Ley de Remisión de Multas aprobada la semana pasada en la Asamblea Nacional. Con la norma se beneficiarían cerca de 2 millones de contribuyentes.

Las sociedades son las principales deudoras del Estado ecuatoriano con cifras que superan los $ 5.700 millones de un total de $ 6.282 millones. Aproximadamente el 50% corresponde a intereses, multas o recargos.

Entre los principales deudores están las instituciones financieras, telefónicas, petroleras, exportadoras y medios de comunicación.

Ximena Amoroso, directora del SRI, explicó que la iniciativa de esta  ley, considerada como de lo económico urgente, se dio tras la reunión que mantuvieron el sector empresarial y el presidente de la República, Rafael Correa, el pasado 2 de marzo. En esta cita los empresarios pidieron al Gobierno ayudas para enfrentar el panorama económico internacional y local en este año.

“Esto es un ganar-ganar, los empresarios no pagan los intereses o multas con la condición de que cancelen el 100% del capital y así el  Estado recauda esos dineros pendientes que serán reinvertidos en obras”, afirmó Amoroso.

De su parte, Leonardo Orlando, subdirector general de desarrollo del SRI, afirmó que 8 empresas tienen deudas por un valor de $ 898 millones, de los cuales $ 455 millones corresponden al capital o impuesto y el restante a intereses, multas o recargos ($ 443 millones).  

Orlando dijo que entre estas grandes empresas que adeudan al Estado están los bancos del Pichincha y Guayaquil, y las operadoras telefónicas Conecel y Otecel, aunque no especificó cuál es el monto de cada una. “Hay deudas de cientos de dólares y otras de millones, las cuales provienen de varios sectores como del comercio, financiero, industrial, petrolero, comunicaciones, entre otros”, dijo Orlando.

El subdirector recalcó que todo grupo económico que mantiene una deuda  con el SRI será beneficiado, si este es su deseo: “es un tema voluntario, no hay restricciones para que cualquier persona acceda a la remisión, podrán ser grandes empresas o sociedades como personas naturales”.

El ranking de las empresas que más adeudan al Estado está liderado por compañías dedicadas al sector de la explotación de minas y canteras, seguidas de las que se dedican al comercio al por mayor.

Según el SRI, hasta ayer, entre las sociedades que más le deben al fisco están Andes Petroleum con $ 328’443.348 (impugnada) y Banco Pichincha con $ 190’283.358 (entre en firme e impugnada).

De acogerse a la ley de remisión,  Andes Petroleum se ahorraría $ 168’767.187, mientras que Banco Pichincha, $ 94’912.884. Este diario intentó obtener la versión de la primera empresa mencionada, sin embargo la gerente de medios de la petrolera señaló que el vocero se encuentra fuera del país.

La entidad financiera, vía correo electrónico, señaló que “estamos esperando la publicación de la Ley en el Registro Oficial para analizar su contenido y consecuencias antes de resolver si nos acogemos parcial o totalmente a esta opción”.

Otras de las sociedades que mantienen deudas importantes con el SRI son Exportadora Bananera Noboa con $ 68’928.153 ($ 32’184.101 entre intereses y multas), el Banco de Guayaquil con $34’448.395 ($ 15’976.500 entre intereses multas y recargos; Pronaca con $ 18’736.181 ($ 10’361.220 entre intereses y multa). En el sistema de la entidad tributaria también constan medios de comunicación como El Universo, con una deuda impugnada de $2’646.927 ($ 1’323.587 entre intereses y multa) y el grupo El Comercio con $ 2’743.722 ($ 1’317.344 entre interés y multa).

Las deudas en firme son aquellas en las que el contribuyente que ha sido notificado no ha puesto ninguna apelación al respecto. Mientras que las impugnadas son las que al momento están en litigio en los distintos tribunales del país.

Tanto los contribuyentes que tengan deudas en firme como impugnadas pueden acogerse a la Ley de Remisión. Los que tienen obligaciones en litigio deben primero desistir del juicio que llevan en contra del SRI para acceder al beneficio.

Distribución por sector

Según Orlando, el SRI tiene previsto recaudar $ 800 millones extras durante este año, lo que significaría un ahorro de $ 400 millones por los desistimientos de los procesos judiciales.

La distribución de los potenciales beneficiarios principalmente está en las declaraciones y anexos con 975 mil contribuyentes; deudas pendientes, 209 mil contribuyentes; impuestos vehiculares, 725 mil contribuyentes (deben al menos un período del impuesto fiscal o ambiental);  y en régimen simplificado hay clientes que tienen 271 cuotas pendientes, detalló Orlando.

El rubro con mayor monto de deuda acumulada es el Impuesto a la Renta (IR) con $ 4.993 millones,  que corresponde a 42.000 contribuyentes. Le sigue el Impuesto a los Consumos Especiales con $ 559 millones y el Impuesto al Valor Agregado (IVA) con $ 351 millones.

Aplicación de la ley

Leonardo Orlando afirmó que es probable que antes de que finalice esta semana se publique la Ley de Remisión de Multas en el Registro Oficial. Desde el siguiente día comenzarán a correr los plazos para que los deudores tributarios cumplan sus obligaciones tributarias.

Si una persona paga el capital  en un plazo máximo de 60 días hábiles tendrá una condonación del 100% de los intereses, multas y recargos. En cambio, si lo hace a partir del día 61 hasta el 90 el descuento será del 50%. La única condición es que el contribuyente cancele la totalidad del capital.

Para este efecto el SRI debe emitir una resolución que establezca los procedimientos para la aplicación.

Está previsto que dentro de la resolución se establezca que el deudor pueda pagar en valores fraccionados  siempre y cuando lo haga dentro de los plazos establecidos en la ley.

En el caso de las deudas suspendidas por temas legales el beneficiario deberá realizar el desistimiento, por lo que el contribuyente acudirá al juez a cargo con un escrito que exprese su deseo de concluir el litigio para acogerse a la remisión, adjuntando el pago total del capital del impuesto.

Para el caso de los deudores del Régimen Impositivo Simplificado (RISE) y de matriculación vehicular, los contribuyentes pueden acercarse directamente a las entidades bancarias donde se realizan los pagos habitualmente y ahí se indicarán los montos a cancelar, sin intereses, ni multas o sobrecargos.

Las deudas en las que el SRI no ejerció una acción coactiva, ni notificó un auto de pago de más de 5 años contados a partir de que fueron firmes, quedan prescritas de manera permanente, por lo que el contribuyente debe solicitar la  prescripción. (I) 

Datos

Los contribuyentes del Servicio de Rentas Internas (SRI) que deseen beneficiarse de esta ley deberán pagar el total del capital del impuesto adeudado. Si el pago se realiza dentro de los primeros 60 días, la remisión de los intereses, multas y recargos será del 100%, mientras que si se efectúa desde el día 61 al 90 la remisión será del 50%.   

El SRI pondrá a disposición de los contribuyentes opciones informáticas en su página web (www.sri.gob.ec) a través de las cuales se podrá verificar el monto total de la deuda a pagar y el beneficio que obtienen por dicha ley.  Adicionalmente, estará disponible la consulta y la generación del pago en el sitio web.

Para el caso exclusivo de deudores RISE y de matriculación vehicular, pueden acercarse directamente a las entidades bancarias donde se realizan estos pagos. Allí se les indicará el monto a cancelar.

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