Derecho a réplica con respuesta de Redacción
Ministerio de Educación se refiere a Time to teach (I)
EL TELÉGRAFO, en estricto apego al artículo 24 de la Ley Orgánica de Comunicación, publica hoy los primeros puntos del pedido de réplica de la directora Nacional de Comunicación Social del Ministerio de Educación, Adriana Bucheli, respecto al tema publicado el 11 de junio en las páginas 4 y 5 titulado: “Time to teach, un programa que ‘enseñó’ a perder”.
Lo hacemos pese a que, como se puede leer en el reportaje, consta la versión de todas las partes implicadas en el tema, entre ellas el viceministro Álvaro Sáenz y el ministro, Fander Falconí.
Cumplimos con el artículo 18 de la Constitución y el artículo 22 de la Ley Orgánica de Comunicación, sobre la verificación, oportunidad, contextualización y contrastación de una información de relevancia pública veraz.
Bucheli: En la nota indica que “en diciembre de 2017 Edificar notificó al Ministerio de Educación la terminación del convenio”. Esta cartera de Estado aclara que el 23 de octubre del 2017 el Ministerio de Educación, solicitó la intervención directa de la Contraloría General del Estado para que examine desde el origen la firma, gestión y ejecución de este convenio, pedido que fue reiterado el 20 de diciembre del 2017 y el 12 de enero del 2018 al ente de control.
Redacción: La notificación de la terminación del contrato por parte de Edificar fue realizada el 11 de diciembre de 2017, luego se mantuvieron reuniones entre el Ministerio de Educación y Edificar para realizar un “cierre ordenado” del programa (de esto dan fe los documentos que disponemos).
Bucheli: Se identificaron irregularidades en el origen del convenio. Por ello se procedió a solicitar un sumario administrativo a la coordinadora del área de inglés, Mónica Palacios, quien resultó ser la esposa del presidente de la Fundación. Ella fue separada de la institución y destituida luego del sumario administrativo correspondiente, en enero de 2018.
Redacción: En base a lo dicho por el Viceministro de Educación se informó que “a eso se suma una acusación por posible tráfico de influencias entre una funcionaria del Ministerio de Educación y el titular de Edificar. En el Ministerio, la coordinadora del programa era esposa del presidente de Edificar”.
En este punto, no entendemos qué busca puntualizar Bucheli en el pedido de réplica. En todo caso, EL TELÉGRAFO se reservó de publicar el nombre de la funcionaria porque de por medio justamente existía un sumario administrativo y una auditoría de la Contraloría. Por ello y en base a la ley no la expusimos como ahora lo hace Bucheli en el pedido de réplica.
Bucheli: En el reportaje menciona que “frente a las denuncias de los afectados, el abogado de Edificar, Raúl Salgado, aseguró que el Ministerio de Educación incumplió el convenio, lo que impidió continuar el programa”.
En este sentido, el Ministerio de Educación informa que, entre los problemas identificados dentro de este caso, se encontró lo siguiente:
INTERMEDIACIÓN LABORAL:
El artículo 327 de la Constitución de la República establece: “La relación laboral entre personas trabajadoras y empleadoras será bilateral y directa. Se prohíbe toda forma de precarización, como la intermediación laboral y la tercerización en las actividades propias y habituales de la empresa o persona empleadora, la contratación laboral por horas, o cualquier otra que afecte los derechos de las personas trabajadoras en forma individual o colectiva. El incumplimiento de obligaciones, el fraude, la simulación, y el enriquecimiento injusto en materia laboral se penalizarán y sancionarán de acuerdo con la ley”.
Tal como lo contempla el citado artículo de la Constitución, la intermediación laboral se encuentra prohibida en el Ecuador desde el año 2008.
Adicionalmente existe incumplimiento del convenio por parte de Edificar, al no regularizar la situación migratoria de los docentes.
Redacción: Se publicó que a la mayoría de docentes extranjeros no se les regularizó el estatus migratorio por parte de Edificar, frente a lo cual el abogado de esa Fundación, Raúl Salgado, adujo que “se gestionaron las visas, pero Cancillería atendía máximo 20 trámites por semana y eran 450 personas”, por ello demoró el trámite. No queda claro entonces qué solicita Bucheli en la réplica en cuanto a este punto.
Bucheli: El criterio de selección de los profesores por parte de la Fundación Edificar habría sido inadecuado ya que desde un inicio, tal como lo determina la normativa legal vigente, se establecen los requisitos necesarios para que los extranjeros obtengan visas 12-VI de trabajo y la Fundación tenía conocimiento de que existía un número de extranjeros que no cumplían con los requisitos, por lo que incumplió con las obligaciones contraídas en el convenio. Adicionalmente es pertinente recalcar que el Mineduc en su momento hizo las gestiones para que se proceda con la obtención de visas de los docentes y aun así Edificar continuó incumpliendo la obligación.
La visa que corresponde es la visa 12-VI de trabajo. Para obtenerla los extranjeros debían presentar un contrato inscrito en un juzgado de lo Civil o Notaría y título universitario, que debía estar traducido al español en caso de estar en idioma extranjero. En virtud de este requerimiento, el Director Ejecutivo de la Fundación Edificar manifestó que algunos ciudadanos extranjeros seleccionados para participar en el proyecto no poseen título profesional o no tienen su título legalizado o apostillado, conforme la Ley Orgánica de Movilidad Humana y su reglamento a la mencionada ley y como requisito para la obtención de visas los extranjeros debían presentar certificado de antecedentes penales.
Redacción: El convenio firmado entre el Ministerio y Edificar no establece que deben ser profesores. Así consta en el documento que firmaron el exministro Freddy Peñafiel y Ricardo Cisneros, director de Edificar (tenemos los facsímiles).
Mañana publicaremos el resto de puntos del pedido de réplica.
Adriana Elizabeth Bucheli Terán
Directora Nacional de Comunicación Social del Ministerio de Educación.