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El Telégrafo
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Ministerio del Deporte responde a cuestionamientos del COI

Ministerio del Deporte responde a cuestionamientos del COI
15 de abril de 2012 - 23:01

Como respuesta a la resolución del Comité Olímpico Internacional (COI) de enviar una carta pidiendo al ministro José Francisco Cevallos para que recapacite en su decisión y evitar así una sanción al deporte “tricolor”, el Ministerio de Deporte dispuso de un comunicado para establecer su posición como rector del deporte ecuatoriano.

La Cartera de Estado emitió las Resoluciones Administrativas que determinan la intervención a las 40 Federaciones Ecuatorianas por Deporte que no cumplieron con su obligación legal de integrar sus directorios hasta 1 de abril de 2012, tal como dispone la Ley del Deporte en su Disposición Transitoria Sexta, la cual indica que: “El Comité Olímpico Ecuatoriano designará, por una sola vez, los directorios provisionales de las Federaciones Ecuatorianas por Deporte que no cuenten con sus clubes especializados y que no tengan su Directorio en funciones, por un plazo de trescientos sesenta días a partir de la vigencia de la presente Ley.

Una vez finalizado el plazo determinado en esta disposición deberán llamar a elecciones de conformidad a las disposiciones de esta ley”.

En oficio de noviembre 15 de 2011, suscrito por el Economista Danilo Carrera Drouet, Presidente del COE, ratifica que en la Sesión del Comité Ejecutivo del COE se aceptó la aplicación de la Disposición Transitoria Sexta de la Ley del Deporte Educación Física y Recreación, mencionada anteriormente, con lo cual se designa provisionalmente los directorios, y por otro lado desconoce la Ley cuando tienen que ser integradas las Ecuatorianas por Deporte como dispone el artículo 48 de la Ley de la materia.

Surge una contradicción en el mismo Presidente del COE que por un lado designa directorios provisionales usando la ley, y por otro quiere eximirse de que las Federaciones Ecuatorianas por Deporte convoquen a elecciones porque, a su criterio, la ley las exonera.

La Disposición Transitoria Cuarta de la Ley sólo daba 90 días después de la expedición del Reglamento por parte del Ejecutivo para los organismos deportivos que no tenían reconocimiento internacional (Ligas Cantonales, Asociaciones Provinciales, Federaciones  Provinciales, Ligas Barriales y Parroquiales, etc.) más para los organismos deportivos que tenían reconocimiento internacional (Federaciones Ecuatorianas por Deporte), sólo tenían 360 días para designarlos provisionalmente, por parte del COE, cuando no tuviesen clubes especializados y que no tengan su Directorio en funciones.


Sobre los interventores

La Cartera de Estado, en aplicación de la Ley designó tres interventores para que representen legalmente a estos organismos intervenidos y permitan la movilización de los recursos, que en esta administración han alcanzado los 20 millones de dólares sólo para el alto rendimiento.

No se ha emitido resolución alguna en cuanto a una intervención militar o policial en organismos deportivos. Lo que si se cita en la Resolución de Intervención es que los interventores durarán en funciones 90 días como máximo, pudiendo ser prorrogados por una sola vez por 90 días adicionales, plazo durante el cual deberá resolver la causa de la intervención o convocarse a elecciones.

También se notificó con la Resolución de intervención a cada Gobernación Provincial donde se desarrollen las actividades deportivas de los organismos intervenidos para que brinden la colaboración necesaria e incluso de la fuerza pública de ser el caso para garantizar la integridad física de los interventores.

Este equipo de trabajo realizará sus funciones en las dependencias de la Coordinación del Ministerio del Deporte en Guayaquil, ciudad donde se concentran la mayor cantidad de Federaciones Ecuatorianas por Deporte y en un afán de garantizar la normalidad de las actividades diarias de estos organismos.

 

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