La censura a documental podría ser inconstitucional
La decisión de la cadena Supercines de no proyectar el documental La muerte de Jaime Roldós, por tener alusiones políticas “muy fuertes” sobre León Febres-Cordero, podría ser considerado un acto inconstitucional, mas no ilegal, de acuerdo con el viceministro de Cultura, Jorge Luis Serrano.
Aquello lo plantea teniendo en cuenta el artículo 380 de la Constitución del Ecuador. En el literal 3 se afirma que es responsabilidad del Estado: “Asegurar que los circuitos de distribución, exhibición pública y difusión masiva no condicionen ni restrinjan la independencia de los creadores, ni el acceso del público a la creación cultural y artística nacional independiente”.
El viceministro Serrano explica que al no existir una ley que ampare la cuota de contenidos en un complejo cinematográfico, Supercines no está obligado a proyectar el documental, sin embargo es parte de la responsabilidad que tiene la cadena de darle un “buen producto” a sus clientes. “Ellos son los intermediarios del público ante el mercado”, apunta.
“Pensemos en una cadena de supermercados que no tiene en sus perchas algún producto ecuatoriano, ¿qué pasaría con el productor que depende de las cadenas de venta? Esa discrecionalidad que tienen las salas afecta el proceso de produccion del documental y la decisión afecta al público a las ciudades donde no existe otra cadena que no sea Supercines”, añade Serrano.
En el mismo sentido, Manolo Sarmiento, director del largometraje La muerte de Jaime Roldós, afirma: “Ellos detentan un porcentaje importante del mercado cinematográfico. Nosotros nos dedicamos a hacer películas para ese mercado. En diez ciudades del país, ellos son el único exhibidor de películas”.
La cadena Supercines, perteneciente a la Corporación El Rosado, cuya misión como empresa es, según su página web, “ofrecer la mejor selección de películas con tecnología de punta en imagen y sonido...”, tiene en el país 19 salas de cine: seis en Guayaquil, tres en Quito, una en La Libertad, Portoviejo, Manta, Milagro, Santo Domingo, Quevedo, Riobamba, Babahoyo, Daule y Playas.
Sarmiento comenta que en esas ciudades puede haber otras alternativas para la circulación del largometraje, sin embargo piensa que “lo lógico sería, en una sociedad democrática, que los actores dedicados a la exhibición de cine se puedan poner de acuerdo para exhibir en condiciones adecuadas un contenido que es evidentemente de interés general, aunque pueda contener ideas polémicas”.
El director añade: “Creemos que los actores comerciales tienen, tenemos, responsabilidades con la audiencia y la sociedad en general. Si nos dedicamos a un negocio, un arte, una actividad cuya materia prima son las ideas, deberíamos tener un espíritu abierto a la polémica. De otro modo, estamos en el negocio equivocado”.
Juan Martín Cueva, director ejecutivo del CNCine, explica que en este caso como entidad pública ellos no pueden intervenir en el tema y que las reformas legales las abarcaría la Ley de Culturas, la que, según Serrano, debería también contemplar la cuota de programación en salas de cine de empresas privadas.
Por ahora, autoridades de la Corporación El Rosado o de la cadena Supercines no se han pronunciado en torno al tema y hasta el cierre de esta edición, este diario no recibió respuesta alguna de los funcionarios contactados.