Control del Mercado vigilará a Supercines
Este jueves, a las 10:00, los representantes de la cadena de cines Supercines deberán reunirse con los delegados de la Superintendencia de Control del Poder de Mercado. “Hemos citado al señor Johny Jacobo Czarninski Baier a la Superintendencia. Le hemos enviado una carta para una reunión preliminar. Y luego de esa reunión la Superintendencia, de ser el caso, seguirá las acciones que sean necesarias, en este caso determinará si procede o no una investigación”, confirmó Pablo Guerrero Torres, secretario de la Superintendencia de Control del Poder de Mercado.
Todo se inició con la solicitud que envió Guillaume Long, ministro coordinador de Conocimiento y Talento Humano, a la Superintendencia para que investigue “si Supercines S.A. incurre en abuso de poder de mercado”; esto por la decisión de Supercines de no exhibir en ninguna de sus salas el documental La muerte de Jaime Roldós. Él se basó en la Ley de Control de Poder de Mercado en sus artículos 37, 38 y 48.
La solicitud fue difundida por las redes sociales la tarde de ayer. Al principio expusieron los realizadores del filme, Manolo Sarmiento y Lisandra Rivera, de parte de la cadena recibieron la siguiente respuesta: “Una funcionaria de esa empresa nos dijo que el motivo eran las alusiones al ingeniero León Febres-Cordero”.
El filme trata un tema de interés nacional y es fundamental en el rescate de nuestra memoriaPero Long apuntó a lo siguiente: “La negativa de Supercines S.A. impedirá que un público potencial de 755.500 personas, que residen en las provincias de Chimborazo, Manabí, Santo Domingo de los Tsáchilas, Guayas, El Oro, Los Ríos y, especialmente, en las ciudades de Portoviejo, Manta, Milagro, Santo Domingo, Machala, Quevedo, Riobamba, Babahoyo, Daule y Playas, pueda ver la película a través de las salas de cine comercial, debido a que en dichas ciudades la oferta de exhibición es cubierta únicamente por Supercines S.A.”.
A este pedido de Long se suma el del Consejo Nacional de Cinematografía del Ecuador y la Defensoría del Pueblo que pidieron, asimismo vía cartas difundidas en sus portales digitales oficiales y en las redes sociales, que la empresa de cines exponga de manera pública las razones por las que no exhibirá La muerte de Jaime Roldós.
“La Defensoría del Pueblo observa con preocupación tal decisión (la de no exhibir el filme) por la posible afectación a la libre circulación de ideas y opiniones, así como el derecho a la memoria y cultura históricas; y, a recibir información de relevancia pública sin censura previa, en cualquier medio y forma, que ello conllevaría”, expuso en su carta dicha entidad.
Incluso hace un paralelo con la historia: En Chile La Pasión de Cristo, de Mel Gibson, fue impedida de exhibirse porque, según quienes promovieron su censura, se afectaba el honor y la reputación de Jesucristo. En dicho caso, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en el año 2001, declaró vulnerado el artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos. Aquella nación tuvo que pagar daños y perjuicios por dicha prohibición.
Long, en su carta-solicitud, apuntó, enfatizando la misma relevancia del filme expuesto por la Defensoría del Pueblo: La muerte de Jaime Roldós, trata una temática de interés nacional y juega un rol fundamental en el rescate de nuestra historia y memoria colectiva.