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El Telégrafo
Daniel Soto

¿Abortos a las 28 semanas?

14 de enero de 2022 - 00:00

El pleno de la Asamblea Nacional trató el pasado jueves 9 de diciembre, en primer debate, la propuesta de ley para garantizar el derecho a abortar exclusivamente en caso de violación. Me llamó la atención que varias intervenciones de este debate se centraran en si el aborto por violación está permitido o no.

A manera de preámbulo, el 28 de abril del 2021, la Corte Constitucional declaró la inconstitucionalidad del artículo 149 y 150 del COIP, modificándolos provisionalmente para que esta conducta deje de ser un delito. Es provisional porque la Corte Constitucional no tiene la potestad de dictar leyes, pero lo puede hacer de manera excepcional cuando las leyes ya existentes se contraponen a derechos constitucionales, como es el caso.

En este sentido, la Asamblea Nacional tiene el deber de establecer las reglas que garanticen a las mujeres el acceso a los servicios de salud públicos y privados, para interrumpir el embarazo cuando éste sea resultado de una violación. Dicha norma deberá también regular el procedimiento, y al mismo tiempo mantener el impedimento de interrumpir el embarazo en los casos en que no existiera violación.

En la fecha del primer debate, varios activistas de derechos que no están de acuerdo con la decisión de la Corte Constitucional, se presentaron en las afueras de la Asamblea para expresar sus convicciones. Algunos de ellos incluso llegaron a presentar sus posturas en el Pleno como aporte ciudadano, ejerciendo sus derechos, pero muchos fueron impertinentes al defender la prohibición de aborto en caso de violación ya que ese no era el orden del día. Además, hablamos de un derecho ya declarado por la Corte Constitucional y no se puede revertir dicha decisión vía legislativa.

Con la entrada del nuevo año, desde el 10 de enero, la Comisión de Justicia prepara un borrador de informe para segundo debate y en lo que fue el primer informe saltaron a la opinión pública varios aspectos que merecen la pena ser analizados.

Una de las disposiciones más preocupantes del proyecto es que el aborto pueda practicarse hasta el séptimo mes de gestación, que puede sonar terrible cuando se mira sin criterio la disposición contenida en el primer informe. La razón que se expone en el informe para fundamentar la falta de limitación temporal, tiene que ver con la cruda realidad de que las niñas y mujeres con discapacidad no acostumbran a conversar sobre su situación de agredidas, en muchos casos incluso se enciende la alerta recién cuando notan que la niña ha sido violada porque se evidencia un embarazo casi a término. Algunas niñas y mujeres con discapacidad víctimas de violación no reconocen los cambios de su cuerpo, no identifican si están embarazadas, consiguientemente, mal podrían tomar una decisión consciente e informada a tiempo. Estas mujeres necesitan protección, por lo tanto, se les permite ejercer su derecho sin limitación de tiempo. Recordemos que la mayoría de mujeres y casi todas las niñas víctimas de violación, callan demasiado tiempo.

A mi criterio, si la sociedad ha fallado con la protección primaria de NO permitir que sean violadas, éstas víctimas al menos deberían gozar de alguna protección pos agresión cuando el Estado les ha fallado.

Otro de los puntos críticos es que los médicos e instituciones de salud no pueden invocar objeción de conciencia de manera estructural ni grupal. La objeción será personal y las casas de salud deben tener claro el procedimiento en el evento de que se invoque, pues el derecho a interrumpir el embarazo con causal de violación, no puede negársele a nadie.

Entre otras obligaciones establecidas para los médicos, se pretende que estos deban crear un consentimiento informado específico y adecuado para recoger la declaración voluntaria de la paciente a practicarse el aborto. Si se promulga la norma tal y como está propuesta, las casas de salud tienen la obligación de modificar sus procesos y capacitar al personal, las consecuencias de cometer errores, pueden ser sumamente gravosas para los médicos y las instituciones.

A mí me queda la duda acerca de la pertinencia de obligar al responsable del centro de salud en donde se realiza el procedimiento en unos casos, y al personal de salud, en otros, a que dé aviso a la Fiscalía inmediatamente sobre el delito de violación. La noticia del crimen deberá hacerse en todos los casos, eso es claro; sin embargo, parece una disposición ligera que obliga a la víctima a entrar en un proceso penal aunque no estuviera lista.

Lo digo porque hay que tener en cuenta que en muchos casos concurren los siguientes hechos: una menor de edad fue violada por su padrastro, rechazada por su familia que no le creyó cuando lo comentó, quedó embarazada, tomó la decisión de abortar, se practicó un aborto y si a estos hechos por demás traumáticos para cualquiera, adicionalmente le pedimos que se involucre en un proceso penal, todo esto en el plazo de 3 meses, contando apenas con 16 años. No estoy de acuerdo, he visto a personas que no comprenden lo que es estar en un proceso de este tipo habiendo gozado 50 años de vida, no podemos tomarnos las cosas a la ligera invocando la sed de justicia, creo que se debe plantear un proceso distinto.

Recordemos que más de la mitad de mujeres son violadas por miembros del núcleo familiar, y la ligereza de esta disposición puede llegar a ser contraproducente si no se tiene un acompañamiento adecuado de la víctima, evitando la revictimización y extrayéndola inmediatamente del lugar nocivo.

Mucho se ha dicho sobre este tema en todo tipo de foros; sin embargo, en todos ellos se denota que existen personas que viven en su burbuja y que no conocen la realidad del país ni el dolor de las víctimas. Desde aquí exhorto a la Comisión de Justicia a que la prioridad en su informe sea la protección a esas niñas, adolescentes y mujeres, a las que el Estado les ha fallado en un primer plano de protección, y que lo primordial no se quede solo en el respeto de sus derechos básicos, sino en un verdadero acompañamiento de su situación en todos los sentidos.

 

Es así que creo que el aborto a las 28 semanas puede llegar a quedar corto. El reto de los asambleistas está en garantizar que esas mujeres tengan derecho a decidir ahora, pues cuando fueron abusadas, ese derecho les fue negado.

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