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El Telégrafo

Reflexiones legales sobre la inmunidad parlamentaria

13 de abril de 2014

Sr. Director
Reciba cordiales saludos y la siguiente opinión:

Con el tema del juicio por injurias calumniosas graves que se ventiló contra el exasambleísta Jiménez, fundamentado en lo dispuesto en el Título VII del Libro Segundo del Código Penal, de los delitos contra la honra, la misma que está garantizada en nuestra Constitución y en las Declaraciones de Derechos Humanos, se ha propiciado un supuesto debate de parte de la oposición y algunos órganos de la prensa comercial, insistiendo en que se ha infringido el debido proceso al no haberse solicitado el levantamiento de la inmunidad parlamentaria, pese a que el delito mencionado es de carácter común como el homicidio, el robo, la estafa, etc., que no están comprendidos entre las funciones de los legisladores, conforme a la norma que los protege en el ejercicio de sus labores de fiscalizar, como por ejemplo un legislador en una sesión expresa que se debe investigar supuestos delitos de parte de funcionarios del Gobierno, y en su intervención expresa calificativos que puedan lesionar la honra de tales funcionarios. Ahí sí es necesario solicitar el levantamiento de la inmunidad parlamentaria porque está dentro del ejercicio de su competencia, pero si mediante denuncia falsa (art. 494 Código Penal) o cualquier otro medio agravia la honra, sea del Presidente de la República o de cualquier ciudadano, entonces debe responder por un delito común, no amparado como legislador, por lo tanto las medidas cautelares recomendadas por una entidad que no solo debe velar por los infractores, sino principalmente por los derechos de las víctimas, no son aplicables a este caso.

Por tanto es necesario que el Gobierno propicie debates públicos más amplios, a fin de contrarrestar la campaña que se impulsa por ciertos medios, al priorizar entrevistas a los enemigos jurados de la Revolución Ciudadana, lo que contribuye a desorientar al público.

Atentamente

Ab. Jorge Chambers Hidalgo

Cc. 0900238502

Telf. 0990508618

Ciudadela Entrerios calles 2da. y Río Vinces.

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