Publicidad

Ecuador, 22 de Noviembre de 2024
Ecuador Continental: 12:34
Ecuador Insular: 11:34
El Telégrafo
Xavier Guerrero Pérez

Táctica equivocada

18 de enero de 2021

La estrategia de la Administración Tributaria Estatal al implementar el Régimen Impositivo para Microempresas -que abarca hasta a las personas naturales en su rol de emprendedores- puedo leerla como positiva, si miramos que una de las intenciones de esta es la simplificación de las obligaciones tributarias. Sin embargo, la táctica establecida para la recaudación del Impuesto a la Renta, esto es la contribución obligatoria del 2% sobre los ingresos obtenidos en el ejercicio fiscal 2020 sin tener en cuenta un “piso mínimo” como excepción, a todas luces es equivocada, y hasta podría verse como asfixiante para más del 95% de las micro y pequeñas empresas (y de las personas naturales que hacen comercio).

A esto se suma el evento que sucedió hace varios meses atrás: en redes sociales varias personas (casi seguro emprendedores informales por necesidad, dado que se encontraban forzadamente afiliados al gremio del desempleo) expresaban su malestar debido a que el SRI dio a conocer el catastro de quienes están sujetos al Régimen Impositivo para Microempresas, y ellos habían sido incluidos. En específico, las dos condiciones para estar dentro de dicho régimen son: ingresos “de hasta” $300.000 y “tener hasta” nueve trabajadores. Deliberadamente he ubicado comillas en virtud de que, conforme se ha establecido, por ejemplo: aquel emprendedor que haya generado dos o tres ventas de tipo comercial, y sea únicamente él quien conste como trabajador, él ya forma parte del mencionado régimen.

¿Cuál es la situación actual? Por un lado, el sector emprendedor (que incluye a personas comunes y corrientes) está económicamente azotado por los efectos de la covid-19: personas que poco o nada vendieron, que perdieron mucho, que aún tienen deudas, que se desesperan ante la llamada o el mensaje de texto de cada día con la consigna “paga” (como lo dijo un candidato presidencial en el debate obligatorio); y, por otro lado, una autoridad tributaria que por beneficiar la simplificación ergo cristalizar la recaudación, se vuelve poco sensible a la realidad al imponer entregar 2% de lo obtenido en un año 2020 de pérdidas y dolor (ingresos brutos), sin importar si se tuvo utilidades o no… sin considerar si lo ínfimo que se ganó fue para evitar o cerrar o “tirar la toalla”.

Lo deseable es una política tributaria progresiva (quién mayor patrimonio posea, mayor cooperación otorgue). En contraste, la táctica del SRI es incitar a (sobre)endeudarse para tributar.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Contenido externo patrocinado