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El Telégrafo
Silvia Buendía

Son niñas, no madres

18 de julio de 2022

Uno de los efectos más perversos del veto presidencial a la Ley para la interrupción del embarazo en casos de violación fue obstaculizar al máximo el que niñas y adolescentes violadas pudieran acceder a un aborto legal.

Según datos del INEC en Ecuador alrededor de 7 niñas menores de 14 años dan a luz a diario debido a una violación sexual. Somos el tercer país a nivel regional con la tasa más alta de embarazos de niñas y adolescentes. El informe Vidas Robadas, un estudio multi país del año 2015 sobre los efectos en la salud de las maternidades forzadas en niñas ente 9 y 14 años documenta las consecuencias inmediatas y duraderas que tienen los embarazos infantiles .No solo afectan la salud física de las niñas, también afectan su salud mental. El 71% de los embarazos infantiles presentan complicaciones de todo tipo, la más frecuente es la desproporción céfalo pélvica derivada de un crecimiento fetal que no es compatible con el tamaño de la pelvis de niñas. El 80% de  estos partos se dan por cesárea. La mayoría son prematuros. Por lo tanto, la interrupción voluntaria del embarazo en caso de violación no solo constituye una garantía de no re victimización, sino que, además, en embarazos de niñas y adolescentes, un aborto en etapa temprana de gestación salva sus jóvenes vidas.

Pero cuando digo que el veto presidencial fue perverso, me quedo corta. Porque en este veto se usaron argumentos engañosos y condescendientes que simulaban proteger a las víctimas, pero que lo que realmente lograron fue limitar su libertad. El veto cambió la palabra decisión por el concepto de manifestar una opinión. Y no es lo mismo que una niña víctima de violación sexual sea escuchada a que su voluntad sea obedecida. El veto usó la edad de consentimiento sexual -que es lo que determina que toda niña menor de 14 años ha sido víctima de violación-como una herramienta en contra de ellas, para impedirles decidir sobre su aborto. El veto trasladó la decisión del aborto a los representantes legales de las víctimas menores de 18 años.

Fue una grosera vulneración a los derechos humanos de todas aquellas niñas y adolescentes violadas que quisieran interrumpir su embarazo. Fue un abuso de la facultad de veto que tiene el ejecutivo, fue inconstitucional y re victimizante.

El 10 de mayo de este año un grupo de 16 niñas y adolescentes representadas por sus madres interpusieron ante la Corte Constitucional una demanda de inconstitucionalidad de aquellos artículos de la Ley para la interrupción del embarazo que les restringían el ejercicio de su derecho al aborto. La demanda fue admitida a trámite y se suspendió temporalmente la vigencia del artículo 5, literal g, que usaba la capacidad de consentir en contra de las víctimas. Que para mayor crueldad, estaba en el literal que habla sobre la autonomía personal. Se suspendió la vigencia del artículo 12, numeral 6 que cambiaba la palabra decisión por la palabra opinión y también se suspendió el artículo 22, numeral 6 que hacía imposible el acceso al aborto sin la autorización del representa legal de la niña o adolescente.

La decisión de abortar o de no abortar es personal y cada víctima tiene derecho a decidir por sí misma. Hoy el aborto en casos de violación ya no es delito y constituye una victoria adicional el que la Corte Constitucional haya suspendido estos tres artículos de la ley debido a que imponían una restricción que podía afectar la integridad y autonomía de niñas y adolescentes.

 

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