Publicidad

Ecuador, 26 de Diciembre de 2024
Ecuador Continental: 12:34
Ecuador Insular: 11:34
El Telégrafo
Simón Valdivieso Vintimilla

Si te metiste…

17 de noviembre de 2023

Si te metiste a jugar naipe, chupa carta, dice la abuela de la casa; sentencia popular que es oportuno traerla a la columna, cuando sabemos de la reacción virulenta de la presidenta del Consejo Nacional Electoral frente al artículo de opinión de Roberto Aguilar intitulado “Diana, levántate y anda...”, en donde el articulista invita a la reflexión a la funcionaria pública frente al silencio ante eventuales infracciones electorales, y al parecer le salió a la presidenta eso que Jorge Carrera Andrade dijo en el siglo pasado, que un funcionario público es un “gran cosa inflado de prepotencia”.

Y es que lo sorprendente de la reacción es que resultaría tardía porque a decir de Roberto Aguilar ese artículo había sido publicado hace cuatro meses, y ella recién se entera, curiosamente dicen, cuando está de viaje, quedando a la imaginación del lector el porqué del despertar de la funcionaria dizque ofendida en su honra en territorio extranjero.

La ponderación entre la libertad de expresión y la preservación de la honra de los funcionarios públicos es un tema complejo y sujeto a interpretación en el contexto de una sociedad democrática. Ambos son valores importantes que deben equilibrarse cuidadosamente para mantener un sistema democrático saludable. La libertad de expresión es fundamental pues permite a los ciudadanos expresar sus opiniones, críticas y descontento, lo que es esencial para el funcionamiento de un gobierno transparente y receptivo. La libertad de expresión actúa como un mecanismo de control del poder, eso hace que la sociedad cuestione y vigile las acciones de los funcionarios públicos, contribuyendo así a la rendición de cuentas y a la prevención de la corrupción, que nos conmina el Art. 83 de la Constitución de la República, que sea de paso decir, es el articulo menos leído puesto que mira a los deberes y responsabilidades que tenemos.  

Frente al ejercicio de ese derecho, y no hoy, sino desde siempre está la honra del funcionario público. La honra de los funcionarios públicos es esencial para mantener la integridad y la estabilidad en el gobierno, ya que la difamación injusta puede socavar la confianza pública en las instituciones y en los individuos que las lideran. En una sociedad democrática, se busca encontrar un equilibrio entre estos dos valores. Es dable criticar y cuestionar las acciones de los funcionarios públicos dentro de los límites de la verdad y la responsabilidad, sin censura previa y peor pretendiendo usar el sistema penal para amedrentar y de esa forma coartar el ejercicio de un derecho fundamental como es de la libertad de pensamiento y expresión. Y de ahí, que la tolerancia es un valor que debe estar presente en el ejercicio de la función pública.

En materia de libertad de expresión, la Corte Interamericana de Derechos Humanos se ha pronunciado, palabras más, palabra menos, que tomando en cuenta las consideraciones formuladas hasta ahora sobre la protección debida de la libertad de expresión, la razonable conciliación de las exigencias de tutela de aquel derecho, por una parte, y de la honra por la otra, y el principio de mínima intervención penal característico de una sociedad democrática, el empleo de la vía penal debe corresponder a la necesidad de tutelar bienes jurídicos fundamentales frente a conductas que impliquen graves lesiones a dichos bienes y guarden relación con la magnitud del daño inferido. “Diana, levántate y anda...” está protegido por el derecho constitucional de libertad de pensamiento y expresión que lo ejerce Roberto Aguilar. 

Contenido externo patrocinado