La ley de Economía Popular y Solidaria, vigente desde mayo 10, dividió a este segmento de la economía en dos: uno, el sector real, compuesto por los sectores comunitarios, asociativos, cooperativos (excepto de ahorro y crédito) y las unidades económicas populares (UEP). Dos, el sector financiero popular y solidario (SFPS), integrado por cooperativas de ahorro y crédito (CAC), entidades asociativas o solidarias, cajas y bancos comunales, y cajas de ahorro.
El SFPS tiene 37 CAC reguladas, 1.198 entidades asociativas, 15.000 bancos comunales y 3.000 cajas de ahorro. Las CAC reguladas, en 2010, tenían en depósitos el 11% y en cartera el 16% de los de la banca privada. A abril de 2011, su captación era 2.045 y la cartera 1.915 millones, con crédito dirigido principalmente a consumo (mitad), microempresas del sector informal urbano (SIU) (más de un tercio) y vivienda (10%). Los otros entes diferentes a las CAC canalizan crédito, principalmente en el área rural, a indígenas, campesinos, pequeños propietarios y asociaciones. El SFPS capta y da financiamiento a aquellos que no tienen acceso a la banca tradicional.
Para la regulación del SFPS se crea una junta de regulación, y para la supervisión la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria (SEPS), con lo que se establece un esquema de regulación y supervisión diferenciado, segmentado y especializado, cumpliendo así con lo que dicta la Constitución para este sector de la economía. Pero, además, se implanta una red de seguridad financiera específica compuesta por la supervisión especializada, la resolución bancaria, un fondo de liquidez del SFPS y el seguro de depósito del SFPS.
Esta red es similar a la del sistema financiero formal. Así, la supervisión especializada, permite hacer un seguimiento de los riesgos de liquidez y solvencia para garantizar la estabilidad y solidez del SFPS; el fondo de liquidez contribuye a resolver problemas de liquidez; la resolución bancaría permite enfrentar un problema de solvencia y el seguro de depósito cubre parcialmente a los clientes en caso de una liquidación forzosa. La red contribuye a generar confianza y seguridad a los clientes del SFPS a través de todo este esquema.
Adicionalmente se les faculta a las CAC a entregar tarjetas de crédito y débito, negociar facturas y emitir obligaciones. Con estas actividades se amplía la cobertura de servicios financieros de las CAC y, más aún, se les permite la participación, con la última, en el mercado de valores en el cual podrán obtener recursos adicionales y canalizarlos al financiamiento de los clientes marginados de la banca privada tradicional.
Además, el Banco Central determinará las tasas de interés activas y pasivas, con lo cual se fijará con carácter técnico los costos financieros en el SFPS. Con esta ley se impulsa y apoya al SFPS, por lo que tanto las microempresas (UEP), cooperativas, asociaciones y los clientes marginados (indígenas y campesinos) del crédito tradicional podrán acceder a financiamiento, a otros servicios financieros y depositar sus ahorros, lo que permitirá que se familiaricen y utilicen su propio sistema financiero en su favor. La red de seguridad financiera da confianza a los clientes. Lo que sí, hay que poner atención en la aplicación de la metodología de regulación y supervisión de los entes diferentes a las CAC, que no han estado acostumbrados a la supervisión financiera.