La verdad es que somos escandalosos. Apenas vemos algún tipo de confrontación, así sea normal estamos allí para atizar el fuego. Y si no hay fuego hacemos todo lo posible por encenderlo, Y claro, hay ciertos políticos que como jugar al “sin que te roce” inmediatamente se trepan a la candela para buscar tapar algún embrollo en el que están gravemente implicados. Son las famosas cortinas de humo muy típicas de nuestra clase política acostumbrada a llegar a la función pública para satisfacer sus intereses personales y olvidarse de los que les dieron el voto.
Pero también hay una legión de opinadores que sin tener la menor idea del problema sueltan cualquier cosa con tal de figuretear en la TV o en la radio. Y, como acto reflejo hay ciertos seudo periodistas que inmediatamente se encaraman en lo que dice fulanito para supuestamente generar “noticia”.
Señalo esto a propósito del proyecto de “Ley Orgánica para creación de Oportunidades” enviado por el Presidente de la República a la Asamblea Nacional y que el CAL no ha calificado por no cumplir el requisito de unidad de materia puntualizado en el art, 136 de la Constitución y el numeral 1 del art. 56 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa. Sobre esta situación se ha levantado un verdadero escándalo, como si efectivamente hubiera una situación de verdadera conmoción entre el Ejecutivo y el Legislativo en términos de una contraposición deliberada y un deseo de oponerse por intereses perversos.
En cualquier país, en donde las normas que establecen los mecanismos de aprobación de las leyes son absolutamente claros, como en el nuestro, lo ocurrido con el proyecto de ley enviado por el Presidente y la no calificación del mismo por el CAL es una cuestión normal que a nadie le debe causar malestar ni encono. Simplemente, el Presidente enviaría un proyecto de ley que cumpla con los requisitos y, el organismo competente de la Legislativa lo calificaría y se sigue el procedimiento para la aprobación. Y no ha pasado nada. Aquí, ya se habla hasta de la muerte cruzada como que si una situación jurídica que se da porque hay normas legales que deben cumplirse produjera una conmoción nacional y cerrara la puerta al Ejecutivo poniéndolo contra la pared. No es así. Lo que no puede darse es, creyendo erradamente, que ese proyecto puede ponerse en vigencia por el ministerio de la ley y que se lo debe publicarlo en el Registro Oficial. Eso sí sería grave porque traería consecuencias jurídicas hasta de carácter penal.