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El Telégrafo
Daniel Soto

Proyecto de reformas tributarias

05 de noviembre de 2021

Previo al feriado se presentó el proyecto de reformas legales en materia tributaria y tendrán un impacto importante en la economía del país.

A continuación explicaré algunas de las reformas tributarias contenidas en el proyecto, muchas de ellas se mantienen intactas desde la presentación del borrador que contenía varias materias y que no fue calificado por el CAL alegando que no cumplía con la unidad de materia.

Me parece que debemos comprender, en primer lugar, las medidas que se aplicaran de forma inmediata. Aunque en el articulado no se explica directamente para qué será ocupada esa contribución especial, se puede entender que hay que cubrir el costo de los 9 millones de vacunas que permitieron la reactivación de la economía. Una de ellas, la contribución especial al patrimonio que empieza grabando con el 1% a quienes tuvieren un patrimonio de 1 millón de dólares y del 1,5% para quienes posean patrimonio de 1.2 millones en adelante.

Lo siguiente es una modificación al impuesto a la renta que deben pagar las personas naturales, desagregando la tabla un poco más que la actual y aplicando un incremento de entre el 3% y hasta el 5% en el impuesto, si lo comparamos. A manera de ejemplo, con la reforma, una persona que gana por su salario un total anual de 31.630 dólares pagaría al rededor de 416 dólares por impuesto a la renta suponiendo que se aplica el máximo de la deducción de gastos personales. Con la tabla actual, el mismo ejemplo la persona paga un total de 150 dólares por impuesto a la renta.

Creo que es importante destacar la propuesta de que las empresas que hayan presentado pérdidas durante el 2020 y el 2021 pueden deducir el 100% de sus pérdidas hasta dentro de 10 años, una especie de recompensa para los que resistieron en vez de declararse en quiebra, como muchos lo hicieron. También entrega beneficios tributarios en la reducción del impuesto a la renta para quienes iniciaren nuevos prouyectos o realizaren nuevas inversiones en el país.

Es rescatable el intento de simplificación y unificación de las normas tributarias, eliminando algunos artículos referentes a pequeñas empresas y artesanos, para aglomerarnos en un capítulo específico denominado el Régimen simplificado para emprendedores y negocios populares - RIMPE. Éstos gozarán de tratamiento tributario preferente durante 3 años.

Otra de las modificaciones interesantes que seguro afectará a más de uno, es la propuesta de  subir el impuesto especial a la cerveza que actualmente grava con 6,5 dólares por cada litro, sea de fabricación industrial o artesanal, a 13,08 dólares por litro de cerveza industrial y de 1,5 dólares por litro de cerveza artesanal.

Dato curioso, se grava con el 30% por consumos especiales a las alícuotas o contribuciones de clubes sociales.

Según la propuesta, desde el 1 de enero de 2023 toda factura deberá ser electrónica, sin excepción. Esto lo aplaudo de pie.

Se topan otros cuerpos legales como el COGEP, la propuesta de modificación de mayor relevancia se refiere al pago de consignación del 10% del valor determinado por la autoridad judicial, que sancionaba con el archivo del proceso y ejecutoría del acto administrativo si no se cumple, es decir, en la actualidad, si el SRI exige erróneamente el pago de un impuesto, el ciudadano debe sacarse de donde sea el 10% de lo que se le exige pagar para poder demandar judicialmente, bajo la pena de perder el juicio si no lo hace. La reforma propone que en vez de hacerle perder el juicio, en caso de no cumplir, el proceso de cobro coactivo continúe al mismo tiempo que el juicio en el que se impugna la razón del cobro.

Por otro lado, en el Código Orgánico de la Producción se promueve la simplificación de trámites para importación exportación, incentivando a tener siempre un comité específico que busque la forma de evitar trámites innecesarios, abaratar costos y reducir tiempos en los procesos de aduanas.

También en la norma mencionada en el párrafo anterir, se incorporaría un organismo específico para celebrar alianzas público privadas que de dependerán directamente de Presidencia. Por ahora la iniciativa de fomentar las alianzas público privadas se mantiene como política, y el proceso de análisis para celebrarlo no está escrito, lo que hace que se tenga que analizar caso por caso hasta dar con un acuerdo beneficioso, algo que no es muy eficiente. 

En definitiva, esto es un panorama claro de que el Estado hace una apuesta por incentivar al emprendimiento y la inversión, al mismo tiempo que pretende cobrar más impuestos. Podemos entender que de alguna manera hay que soportar el costo de lo que ha costado la pandemia, en el que se comprenden los préstamos realizados al FMI.

La Asamblea tiene un máximo de 30 días calendario para tratar la ley, y remitir el proyecto aprobado al Presidente, que a su vez tendrá otros 30 para aprobar o vetar lo que resuelva la Asamblea. En un máximo de 60 días se deberá promulgar la norma y recibiremos el 2022 con nuevas reglas tributarias.

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