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El Telégrafo
Edmundo Vera Manzo

Las presas y centrales hidroeléctricas: maravillas estratégicas nacionales del siglo XXI (2)

04 de junio de 2016

Hace 40, 20 y menos años se creía que el elemento natural estratégico más importante de Ecuador era el petróleo. No lo será en el futuro por ser un recurso no renovable, cada día más escaso y cuya industrialización conduce en forma acelerada al calentamiento global y destrucción ambiental del planeta. El elemento natural de mayor valor estratégico trascendental y eje transversal principal para el desarrollo de Ecuador en lo inmediato, dentro de 20, 40 años y para siempre, si lo sabemos cuidar, es el agua. Los ecuatorianos hemos sido bendecidos por contar con recursos hídricos extraordinariamente altos (cuatro veces más que el promedio mundial) fundamentales para la obtención de energía hidroeléctrica, riego, agricultura sostenible, agroindustria y, principalmente, para el turismo ecológico, aprovechando que nuestras cuatro regiones se pueden visitar simultáneamente durante todo el año. Lamentablemente todavía no somos plenamente conscientes de la importancia extraordinaria del agua y por eso la desperdiciamos, la contaminamos y nos autodestruimos. El momento de inflexión del cambio es ahora. Todo el territorio nacional debe estar sembrado de macro, meso y microcentrales hidroeléctricas y embalses que garanticen la vida de todos los seres vivos. En el futuro, las centrales hidroeléctricas junto con la energía solar y las áreas naturales protegidas serán las bases del desarrollo sostenible y justo de Ecuador. La Constitución de la República nos protege en varios artículos. En el art. 261: “El Estado central tendrá competencias exclusivas sobre: (...) 11. Los recursos energéticos; minerales, hidrocarburos, hídricos, biodiversidad y recursos forestales”. El art. 284: “La política económica tendrá los siguientes objetivos: (...) 3. Asegurar la soberanía alimentaria y energética”. El art. 313: “El Estado se reserva el derecho de administrar, regular, controlar y gestionar los sectores estratégicos, de conformidad con los principios de sostenibilidad ambiental, precaución, prevención y eficiencia.

Los sectores estratégicos, de decisión y control exclusivo del Estado, son aquellos que por su trascendencia y magnitud tienen decisiva influencia económica, social, política o ambiental y deberán orientarse al pleno desarrollo de los derechos y al interés social. Se consideran sectores estratégicos la energía en todas sus formas, las telecomunicaciones, los recursos renovables, el transporte y la refinación de hidrocarburos, la biodiversidad y el patrimonio genético, el agua y los demás que determine la ley.

Art. 315: “El Estado constituirá empresas públicas para la gestión de sectores estratégicos, la prestación de servicios públicos, el aprovechamiento sustentable de recursos naturales o de bienes públicos y el desarrollo de otras actividades económicas”(...). La ley definirá la participación de las empresas públicas en empresas mixtas en las que el Estado siempre  tendrá la mayoría accionaria, para la participación en la de los sectores estratégicos y la prestación de los servicios públicos”.

Art. 318: “El agua es patrimonio nacional estratégico de uso público, dominio inalienable e imprescriptible del Estado, y constituye un elemento vital para la naturaleza y para la existencia de los seres humanos. Se prohíbe toda forma de privatización del agua”.

La gestión del agua será exclusivamente pública o comunitaria. El servicio público de saneamiento, el abastecimiento de agua potable y el riego serán prestados únicamente por personas jurídicas estatales o comunitarias (...)”.

La Constitución garantiza la soberanía energética protegiendo a que nuestros sectores estratégicos, y en especial el agua, no puedan ser privatizados. Por su trascendencia, son de control exclusivo del Estado, que debe orientarse principalmente en beneficio de todos los ecuatorianos, de la humanidad y no de unos pocos. (O)

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