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El Telégrafo
Simón Zavala Guzmán

Un juez acusado

15 de abril de 2020

El Juez de la Corte Nacional Dr. Iván Saquicela quien, conjuntamente con dos jueces más, juzgó y condenó a Rafael Correa y otros, por el delito de cohecho agravado, ha sido objeto de algunas acusaciones, por haber expresado en una entrevista de TV, unos pocos argumentos que sirvieron al Tribunal para la condena.

Hay que señalar que esta entrevista se realizó un día después de que el Tribunal, en forma verbal y en Audiencia Pública, diera a conocer a las partes procesales la sentencia, la misma que a los pocos minutos de haberse expedido era conocida por todo el país a través de medios de comunicación colectiva y redes sociales. Es decir, se hizo totalmente pública.

Por cierto, dicha Resolución no puede ser cambiada o modificada en la sentencia escrita que debe notificarse a las partes procesales. La notificación por escrito es una formalidad para que las partes puedan interponer sus recursos. Expresar que esto es actuar con parcialidad es totalmente errado, porque ya el fallo se había dado. Y si bien proceden los recursos horizontales de ampliación o aclaración, estos en nada van a poder jurídicamente modificarlo.

También se ha dicho que por la entrevista de TV ha cometido prevaricato. El prevaricato de acuerdo a la ley Penal se da cuando el juez falla contra ley expresa, lo cual no existe, porque el fallo se dio antes de la entrevista; lo expresado en la entrevista no es una resolución judicial, y lo que hizo el juez fue dar a conocer unos pocos argumentos principales que sustentaron el fallo.

No ha violado ninguna ley. Tampoco ha hecho ninguna cosa prohibida por la ley, porque no hay norma jurídica que señale que un juez no puede explicitar un fallo después de haberlo dictado. Ni ha caído en omisión legal por hacerlo.

Hay cientos de entrevistas en la TV y en la radiodifusión nacional y extranjera efectuadas a jueces luego de que estos han expedido un fallo. Peor, señalar que la entrevista puede ocasionar la nulidad de la Resolución, pues en este caso, se declaró la validez jurídica del proceso, se estableció la legalidad de la competencia de los jueces y, no se afectó al derecho a la defensa; todos pasos procesales anteriores a la Resolución y a la entrevista. Finalmente, la sentencia es de tres jueces no de uno. Es por unanimidad. (O)

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