La persecución implacable, el maltrato y el “retiro temporal” de su mercadería, hacen el trago amargo de cada día con el que se castiga a los vendedores ambulantes de nuestra ciudad. Desconociendo las disposiciones constitucionales y de diversas leyes vigentes que aseguran el derecho al trabajo que nos protege a todos los ecuatorianos, el Alcalde de Guayaquil insiste en su política de asedio permanente a aquellos comerciantes de la más precaria condición económica, a quienes, por el contrario, se debería ayudar con ordenanzas municipales que regulen la actividad de los vendedores ambulantes, a fin de que ellos puedan lograr una condición de equidad y justicia, que les permita mantener a sus familias e insertarse con dignidad en la comunidad.
Durante el pasado mes de enero, un grupo de policías metropolitanos decomisó la mercadería de un vendedor de caramelos, chicles y otras minucias, así como las pequeñas herramientas de un reparador de relojes de pulsera, quienes desde hace un poco más de 30 años han venido trabajando en un portal ubicado en el centro de la ciudad.
Para devolver lo incautado, el Municipio de Guayaquil exige a los comerciantes informales el cumplimiento de muy difíciles requisitos. En efecto, dentro de ese casi imposible proceso de recuperación de la mercadería en “retiro temporal”, la Municipalidad porteña ha inventado un listado de 7 condiciones. Lo exigido comprende documentos de difícil acceso, casi todos ellos notariados, lo que detiene a los vendedores ambulantes en su intención de recuperar sus bienes, que hacen todo su capital.
Así las cosas, los señores concejales, con el alcalde Nebot a la cabeza, al parecer intentan llegar a un dramático final de la actividad mercantil a pequeñísima escala, que se ve en cualquier ciudad del mundo y que mantiene a miles de familias en nuestra urbe. Si la sospecha fuera cierta, ¡esto sería el colmo!
Pero como nadie logra hacer acciones tan perfectas, la boleta de citación que nunca llegó a manos de los dos comerciantes ambulantes viene, además, cargada de errores. En el espacio dedicado al nombre o razón social expresa “caramelo y joyería”, y en lo correspondiente a la causa, se lee: “Deja la carretilla estacionada en zaguán”.
Mas lo cierto es que los dos vendedores jamás han tenido carretilla alguna, ni se les permite entrar al zaguán. Todo lo cual nulita la acción municipal.