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El Telégrafo

Inconsistencia en la Ley de Partidos Políticos

15 de enero de 2013

Cuando analizamos las opciones electorales es oportuno aclarar que el poder político es uno solo, dividido en funciones, ejecutiva, legislativa, judicial, participación ciudadana y electoral.

¿Qué sucede con los grupos políticos organizados que no aportan con candidatos propios a la Presidencia y solo le apuestan a la Asamblea, o buscan alianzas para la Presidencia? ¿Estarán siendo responsables con su agrupación? ¿Es ético y moral que no puedan o no quieran proponer a sus mejores candidatos propios? Buscan asumir el poder apostándole a las minorías que impiden la conformación de la mayoría parlamentaria? Resulta injusto que no se sancionen a estos grupos políticos organizados que solo participan en una u otra candidatura.

Es evidente que, si no pueden competir en todas las posiciones electorales y le apuestan a las alianzas, están aceptando que son minorías intrascendentes, que no merecen ser representantes reales de la comunidad. Estos grupos minoritarios terminan convirtiéndose en barreras democráticas que facilitan las componendas y, lo más grave, financiados por el mismo Estado.

Cómo queda la responsabilidad social partidista del MPD, Pachakutik, Madera de Guerrero+Partido Social Cristiano, entre otros, actualmente contamos con 11 partidos nacionales y 63 movimientos provinciales, totalizando 74, grupos organizados, a los que se deberán elevar los requisitos previos, para evitar el excesivo número de grupos políticos y hacer sostenible y competitiva la democracia, con prudencia. Tan solo 8 aportan con opciones presidenciales.

Es necesario implementar los debates nacionales entre los candidatos con sus propuestas notariadas, antes del proceso electoral, igual su cumplimiento previamente a la reelección.

Nos preguntamos también: ¿por qué no se sancionan las prácticas no éticas, los engaños cometidos en las campañas electorales o en el ejercicio del poder? Mientras sea lícito mentir, sin sanciones severas, la demagogia aumentará y la politiquería dominará.

En conclusión: las inconstitucionalidades deben corregirse porque crean jurisprudencia discriminatoria.

Los períodos electorales deberían actualizarse a 6 años por costo-beneficio. No es posible que los requisitos para ser Presidente de la República sean tan básicos y para ocupar un cargo público o privado, inferior al rango presidencial, se requieran títulos de pre y posgrado.

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