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El Telégrafo

El derecho a la vida

24 de junio de 2011

Solventado en los principios cardinales de la legislación de los derechos humanos: integralidad,  indivisibilidad, progresividad y justiciabilidad, el derecho a la vida es   uno de  los preceptos sustanciales de la amplia gama de libertades  que la Constitución  política  ecuatoriana reconoce y garantiza  a todos los ciudadanos ecuatorianos y extranjeros que residan  en nuestra patria.

La integralidad de este derecho  fundamental   es evidente   aunque sin embargo muestra una interdependencia  obvia  con otras  prerrogativas como  las provenientes de los DESC, (Derechos económicos, sociales y culturales).

Por lo que ,cuando nos referimos  a la garantía de la  inviolabilidad de la existencia, no nos referimos exclusivamente a las posibilidades de la  supervivencia de los seres humanos, sino a la obligatoriedad de la sociedad  de entregar a los individuos, a todos ellos la certeza de una sustantividad  digna que establece la presencia  recurrente de otros derechos tales como:

a.- Un coexistir libre de violencia, de cualquier tipo.

b.- Una existencia de bienestar físico, psicológico y social.

c.- La necesidad de desarrollar una personalidad libre  y solidaria.

d.- La  condición  de vivir,  libres de polución ambiental o de corrupción política.

La acción afirmativa del Estado consecuentemente no se debe circunscribir solamente a garantizar la vida de los habitantes en  nuestro suelo, sino entregarle  y posibilitarle  un desarrollo humano  de esperanzadora dignidad.

El Gobierno del presidente Correa postula un proyecto que articula magnitudes de cambios trascendentales  en lo económico, social y cultural, en una nación  libertaria, sin discriminación, ni iniquidades  o exclusión y que se encuentra en pleno ejercicio.

Empero,  la coherencia para  que  el derecho a la vida sea tal también   debe estar unido, definitivamente,  a la existencia de un sistema judicial   probo  y con conocimiento de los preceptos constitucionales y legales, para que no importen los recursos financieros  de los litigantes o la influencia de los conocidos de siempre  sino la recta aplicación  de la justicia  en todos sus ámbitos.

Después de la consulta popular existen las más favorables  condiciones para  que las leyes que la Asamblea Constituyente de Montecristi  previó  y dispuso se expidan -y que la prepotencia y desfachatez  de la partidocracia bloqueó y saboteó -, en estos próximos días  se conviertan en luminosas realidades  y así el ejercicio del derecho a la vida  sea  pleno y total.

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