Con sensibles omisiones y sesgados pronunciamientos el Consejo de Administración Legislativa (CAL) genera hipotermia y convierte a la Asamblea Nacional (AN) en un gran frigorífico, congelando cualquier atisbo de fiscalización. El núcleo duro de los protectores de la fe y de espaldas al clamor popular de transparencia y asignación de responsabilidades políticas, vigila el termostato. No importan los recientes pronunciamientos judiciales, ni las graves muestras de negligencia en la pasada gestión de sensibles temas públicos.
Sin embargo, tienen la cachaza de afectarse con la posibilidad que vía consulta popular, el pueblo le encargue a otro órgano la obligación no ejercida de control y evaluación política.
La AN puede enjuiciar a los más altos servidores públicos, por: “…incumplimiento de las funciones que les asignen la Constitución y la ley…”, llegando a la determinación de responsabilidades políticas, sin perjuicio de las derivadas y propias de otras instancias. Nos dice Pierre Avril, 1977: “…la responsabilidad política no se cierne sobre conductas ilícitas, sino lícitas; no descansa sobre criterios de legalidad, sino de oportunidad…”. Además,“…para estar exento de responsabilidad política por conductas ajenas, no basta afirmar que no se tenía conocimiento de ella, es preciso…convencer de que no se podía haber conocido” (García Morillo, 1998).
La solicitud de enjuiciamiento político debe ponerse en conocimiento del CAL y, este, en un plazo máximo de tres días verificará el cumplimiento de los requisitos, o sea, el número de firmas requeridas, el anuncio de pruebas a presentarse, su soporte y a lo sumo su pertinencia, anotando que verificar es comprobar no valorar, eso le compete a la Comisión de Fiscalización. Lo cierto es que en el caso del Vicepresidente ausente dicen aguardar que las cortes se pronuncien, sin necesidad jurídica alguna. Y, en el caso del exministro, hoy colega, inadmitieron la solicitud ilegalmente por insuficiencia probatoria. CALculada gestión. (O)