Publicidad

Ecuador, 22 de Noviembre de 2024
Ecuador Continental: 12:34
Ecuador Insular: 11:34
El Telégrafo
Felipe Rodríguez

Las Cortes de lujo también se equivocan

24 de junio de 2019

Conozco la alta calidad moral de los Jueces de la Corte Constitucional, cuyos méritos académicos son, sin duda, los más altos a nivel nacional. Es una Corte de lujo, pero además, históricamente la mejor que ha tenido el país. Por eso ya no debemos temer acudir a ella para que se reivindiquen nuestros derechos, pues la cuota (coima de 6,000 USD) de admisiones ha sido eliminada; la cuota (coima 10,000 USD) para que te señalen audiencia ha sido suprimida; la cuota (coima del 20% de la cuantía) para que te den la razón ya no existe. Hoy ganan los argumentos, hoy gana la ciencia.

Estos jueces son la antítesis de la Corte Cervecera, esa Corte de cargos regalados, de méritos inexistentes y de indecencia comprobada. Pero la Corte de lujo está compuesta por seres humanos y, como tales, también se equivocan y hoy debemos criticarles para edificar un mejor país. Resulta ser que por no tener ni un solo penalista en toda la Corte Constitucional acaban de hacer una oda a las cachinerías. Lo explico: el delito de receptación sancionaba a quien no podía justificar la titularidad o tenencia de bienes, por lo que la Corte llegó a la brillante conclusión de que se trata de una norma discriminatoria y, prima facie, les entiendo: nadie pide factura del celular a un hombre de corbata en la calle, pero sí al que la policía perciba que tiene “pinta de choro”.

Por ello derogaron esa parte sustancial del delito de receptación. Gran error, jueces de lujo, pues no se dieron cuenta que la norma no está destinada al ciudadano de a pie sino al comerciante, al mercante, esto es, al que tiene, por ejemplo, un local de venta de celulares y que no puede justificar su procedencia, cuando el vendedor tiene la obligación (tributaria y contable) de vender lo que adquirió o produjo, incluso para calcular la utilidad bruta.

Más inteligente, más técnico, más sensato, hubiese sido no derogar el tipo penal, sino añadirle la siguiente frase: “cuando no se pueda demostrar la titularidad o procedencia de bienes puestos a la venta se cometerá el delito de receptación” y listo, asunto solucionado.

Pues hoy, gracias a su decisión, no expulsaron la discriminación de nuestro sistema, sino que ahora, cuando les roben los retrovisores de sus autos, pueden comprar con tranquilidad y a la luz pública a su propio ladrón, su propio retrovisor. No eliminaron la punibilidad indiscriminada, sino que ensancharon los márgenes de la impunidad. (O)

Contenido externo patrocinado