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El Telégrafo

Conjugando el verbo injuriar

23 de agosto de 2011

Tenemos un problema de análisis, un entrampamiento de la argumentación que busca perdonar un delito como la injuria porque los demás delitos o conductas parecidas o diferentes, más graves o menos graves, no son sancionados por la ley. Es la trampa del escrupuloso que se convierte en disculpa del ignorante. Como es imposible castigar a todos está mal castigar un hecho aislado. Como quien dice, ya que no es posible denunciar a alguien por injuria porque hemos creado un veto social mediático, entonces hagámonos los locos y que la gente diga lo que quiera.

Uno de los puntos álgidos es si denunciar a alguien por injuria o calumnia es atentar contra la libertad de expresión o si  la Corte Interamericana de Derechos Humanos -CIDH- y la Convención Americana sobre Derechos Humanos protegen o privilegian la libertad de expresión por encima de otros derechos como la honra.

La CIDH ha señalado que las  “expresiones críticas” sobre funcionarios públicos o candidatos a funcionarios públicos, pese a poder resultar “ofensivas o chocantes”, están protegidas por el artículo 13 de la Convención Americana destacando la necesidad de despenalizar el ejercicio de esta libertad y de establecer criterios de proporcionalidad para la fijación de las responsabilidades ulteriores que puedan surgir a raíz de su ejercicio abusivo. ¿Será que acusar sin pruebas a alguien de un delito puede catalogarse como simple “ofensa” que “choca” a un funcionario, o a quien sea? Eso no es lo que yo deduzco. Yendo un poco más allá,  la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión ha manifestado su preocupación por la existencia de leyes penales de desacato, injuria y calumnia, particularmente cuando se aplican para procesar penalmente a quienes “han hecho valoraciones críticas”  sobre asuntos de interés público o sobre personas que tienen relevancia pública. Mi pregunta es: ¿puede entenderse como “valoración crítica” acusar a alguien de un delito sin pruebas, sea  o no funcionario? Tampoco es lo que interpreto.

Si tomamos frases de aquí y de allá de la jurisprudencia de la CIDH y armamos un rompecabezas, crearemos la argumentación deseada;  pero no podemos olvidar que esta Corte, que busca proteger la libertad de expresión a capa y espada, ha dicho también que no se trata de desproteger derechos como el honor o la privacidad, que son extremadamente valiosos en cualquier democracia, sino de asegurarse que la protección de tales bienes no termine comprometiendo una de las más importantes condiciones de posibilidad de las sociedades democráticas.

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