Cada vez que surge alguna novedad en el escenario político nacional relacionada con el ejercicio del poder y el manejo de la justicia se calienta la discusión en torno a un eventual cambio de constitución a través de asambleaconstituyente. En este cruce de opiniones deben incorporarse algunos tópicos relevantes. Recordemos que la constitución reparte, organiza y limita al poder poniéndolo al servicio ciudadano; es un instrumento formal para la estabilidad de la sociedad, por lo que debe tener vocación de permanencia.
La constitución es un código político y norma jurídica suprema; responderá a la realidad social, política y económica; debe resultar de un acuerdo nacional en un momento determinado, incorporando una visión dinámica y estratégica de futuro. Vale analizar si las condiciones vigentes para adoptar la constitución de 2008 se mantienen o no luego de 16 años, al punto que se justifique un nuevo proceso constituyente. Sin duda, el país y el mundo cambiaron mucho en este tiempo; persisten problemas añejos y se adicionan otros graves.
Nuestra constitución es frondosa en lo dogmático y tramposa en lo orgánico. Es positivo que amplíe derechosy garantías con valores y principios orientadores de lo público priorizando lo social sobre el capital, aunque resulte quimérico cumplirse debido a ciertos políticos,pobre institucionalidad y falta de dinero. Entre lo negativo está lo extenso y farragoso del texto. La destrucción del modelo republicano y el Estado de Derecho es obvia, por el establecimiento de 5 funciones -ejecutivo, legislativo, judicial, electoral, transparencia y control social-; concentra el poder Ejecutivo perjudicando la democracia yla independencia judicial. Sobre las relaciones internacionales es candorosamente confusa.
Finalmente. A pesar de las ofertas políticas de siempre, las constituciones solas no solucionan conflictos y demandas sociales; las constituciones ayudan, pero lo esencial es la voluntad política para hacer bien las cosas.