Presidente del Directorio del IESS tiene idoneidad para desempeñar su cargo
Jorge Enrique Madera Castillo tiene idoneidad para ser el delegado de la Función Ejecutiva en el Consejo Directivo del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS). Así lo ratificó la Superintendencia de Bancos, tras los pedidos de información que solicitaron dos asambleístas.
La entidad aseguró que Madera fue calificado previamente a asumir la principal representación en el IESS, tal y como lo estipula la ley. En la evaluación se comprobó que no posee cuentas cerradas, carteras castigadas o deudas pendientes.
Madera tampoco tiene obligaciones patronales con el IESS, obligaciones personales con el BIESS, litigios o conflictos de interés con la institución que preside por disposición del Jefe de Estado. La Superintendencia de Bancos calificó su perfil desde el 3 de junio, cuando el presidente Guillermo Lasso remitió una notificación de su intención de nombrarlo como su delegado ante el Consejo Directivo del IESS.
Madera sustentó que está habilitado para ejercer funciones porque no tiene sanciones administrativas o civiles por parte de los órganos de control del Estado, ni ha recibido sentencias por infracciones penales.
Además, en el análisis se verificó que sí posee un título de tercer nivel como ingeniero agrónomo, un diplomado en Comercio y Negocios Electrónicos y un máster en Administración de Empresas. En el ámbito laboral, Madera ha aportado a la Seguridad Social con el mínimo de 10 años que dispone la ley.
Los legisladores Ronny Aleaga (UNES) y Salvador Quishpe (Pachakutik) enviaron peticiones a la Superintendencia para certificar que Madera es idóneo como titular del IESS. Esta institución es de vital importancia porque administra y gestiona los fondos de las aportaciones jubilares, así como ofrece servicios de salud para los afiliados.
Para ser miembro del Consejo Directivo es requisito no incumplir 14 causales de inhabilitación, ninguno de los cuales ha sido incumplido por Madera. El intendente general, Francisco Bolaños, reiteró que el funcionario de Estado está habilitado por el marco legal vigente para desempeñar funciones. (I)