Ministra de Trabajo dice que sistema judicial será el que determine si existió o no acoso laboral
La ministra de Trabajo, Ivonne Núñez, se refirió a la Ley para Erradica el Acoso Laboral, aprobada en la Asamblea el pasado 23 de febrero de 2024. Dijo que, en caso de que existan sectores que no estén de acuerdo con toda la ley o una de sus partes, existe la posibilidad de pedir pronunciamiento a la Corte Constitucional.
Núñez habló de este tema en una entrevista con Teleamazonas este 1 de marzo de 2024. Indicó que el Legislativo logró un acuerdo interesante para que el Ecuador cumpla con el convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT); pero también con una disposición constitucional relacionada con prohibir le acoso laboral.
Lo resuelto por la Asamblea incluye como una de las formas de acoso el que se obligue a un trabajador a estar pendientes de correos electrónicos y llamadas fuera de su horario laboral. Esto es lo que ha generado más debate alrededor del paquete de reformas al Código del Trabajo.
#ENTREVISTA | "El acoso laboral se encuentra en la Constitución desde el 2008. No es una figura nueva", asegura Ivonne Núñez, ministra de Trabajo, sobre las reformas al Código de Trabajo https://t.co/dgqffkti92 pic.twitter.com/jw2l8903hy
— Teleamazonas (@teleamazonasec) March 1, 2024
Núñez dijo que la figura del acoso laboral ya estaba en la Constitución desde 2008. “No es una figura nueva. El Código del Trabajo fue reformado en 2017 cuando se incorporó al acoso laboral como una causal para el visto bueno”, explicó.
También señaló que el Ministerio de Trabajo es el que sustancia el trámite de visto bueno. Sin embargo, es el sistema judicial el que determina si la decisión tomada por el inspector de trabajo en el momento de la sustanciación reúne los requisitos de ley.
Pero entonces, ¿qué haría el proyecto de ley aprobado? Según Núñez, lo que se incluyó fue nuevas causales para determinar si, en efecto, existió acoso laboral.
El presidente Daniel Noboa no se ha pronunciado aún ras la aprobación del proyecto en la Asamblea. El Primer Mandatario tiene que emitir su veto que puede ser parcial, total o por inconstitucionalidad. También puede enviarlo directamente al Registro Oficial.
Sobre cuándo habrá ese pronunciamiento, Núñez dijo que el Presidente lo emitirá en el momento oportuno, dentro de los plazos que plantea la Ley.