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Legislativo da primero de dos votos necesarios a superpoderes presidenciales

Legislativo da primero de dos votos necesarios a superpoderes presidenciales
11 de marzo de 2015 - 00:09

El legislativo venezolano dio la madrugada del miércoles el primero de los dos votos necesarios para aprobar los superpoderes pedidos por el presidente Nicolás Maduro para enfrentar "la amenaza de Estados Unidos", y que le permite legislar frente a "cualquier actividad interna que pretenda violentar la paz".

"Queda aprobada por mayoría calificada en primera votación la ley habilitante solicitada por el presidente Nicolás Maduro", dijo el presidente de la Asamblea Nacional y hombre fuerte del chavismo, Diosdado Cabello luego de un voto a mano alzada.

El presidente socialista, cuya popularidad se desplomó a un 20% y que pocas horas antes asistió a la Asamblea Nacional a solicitar los superpoderes por un período de seis meses, convocó además a la unidad nacional y a la población a ejercicios militares de defensa -de alcance no especificado- para el sábado.

En una nueva escalada de la tensión bilateral -que hasta ahora no afectó las ventas venezolanas de casi un millón de barriles diarios de petróleo a Estados Unidos- el presidente Barack Obama había calificado el lunes la situación en el país sudamericano como "una amenaza extraordinaria e inusual a la seguridad nacional y la política externa de Estados Unidos".

La ley solicitada permitiría a Maduro legislar para "la protección contra la injerencia de otros Estados en asuntos internos de la República, acciones belicistas o cualquier actividad externa o interna que pretendan violentar la paz".

Líderes de ONG venezolanas especializadas en temas de seguridad y analistas políticos opinaron que esta ley habilitante podría ser utilizada para recortar las garantías individuales enarbolando el riesgo del enemigo externo y la intervención militar.

La Constitución señala que un pedido de ley habilitante debe pasar por dos debates legislativos. Si en el primer debate es aprobado, debe ser revisado por una comisión especial y luego devuelto al plenario en un plazo de 10 días hábiles para el segundo y definitivo debate.

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