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Rige en Colombia nuevo impuesto para cervezas y sodas

Colombia aplica nuevos impuestos a la cerveza.
Colombia aplica nuevos impuestos a la cerveza.
Foto: Twitter
01 de marzo de 2019 - 20:29 - Agencia EFE

El impuesto del IVA, que se aplicará a toda la cadena que interviene en la producción y comercialización de cervezas y sodas, empezó a regir este viernes 1 de marzo por lo que el precio de esas bebidas puede llegar a tener un incremento máximo de un 3 % para el consumidor.

Así lo informó el ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla, quien afirmó que "la filosofía de un IVA plurifásico es distinta a la del monofásico y los efectos sobre el precio no deberían darse" por lo que considera que la medida "no debería afectar sustancialmente el bolsillo del consumidor final".

La medida forma parte de la última reforma tributaria, conocida como ley de financiamiento, que fue aprobada el año pasado en el Congreso colombiano y con la que el Gobierno busca completar el presupuesto general de la nación este año.

La Ley de Financiamiento, que motivó protestas en todo el país, planteó inicialmente cubrir un déficit de 14 billones de pesos (unos 4.522 millones de dólares) del presupuesto del año próximo.

Sin embargo, a raíz de las modificaciones hechas al proyecto, recaudará solo 7,5 billones de pesos (unos 2.422 millones de dólares) con los que el Gobierno aspira a cerrar el presupuesto de 2019, que asciende a 258,9 billones de pesos (unos 83.626 millones de dólares).

Con el paso al IVA plurifásico, agregó el ministro, el Gobierno espera recaudar 980.000 millones de pesos (unos 316 millones de dólares) al año.

Asimismo, añadió que el cambio del IVA monofásico a plurfásico es positivo porque considera que es "un salto hacia adelante, hacia la modernidad tributaria que recomendaron reiteradamente los expertos y aunque sabemos que pueda generar fricciones al principio, es una medida conveniente para las finanzas del país".

De igual forma, señaló que es con esta medida ahora serán responsables de declarar y pagar el impuesto al valor agregado ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) los proveedores, mayoristas, distribuidores y comerciantes.

Entre tanto, los tenderos que hacen parte "al régimen simple" no están obligados a facturar ni recaudar el IVA, por lo que no tendrán que cumplir con esta nueva norma. (I)

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