La cura ha sido peor que la enfermedad. O, dicho de otra manera, el remedio es peor que la enfermedad. Y es lo que estamos pensando los ecuatorianos cuando vemos que el Presidente de la República no atina una dentro de sus facultades para legislar vía Corte Constitucional después de haber disuelto a la asamblea, que sea de paso decir, fue un alivio para el pueblo ecuatoriano dejar de ver y escuchar a los protagonistas de un sainete de tercera y con visos de corrupción a la grande y con una ansia desaforada por el poder de tal suerte que la Función Judicial dejó de ser la Cenicienta del Estado para convertirse en la Sirvienta del Poder Político de turno.
La Corte Constitucional emite los Dictámenes 3-23-UE/23 y 4-23-UE/23, a través de los cuales realizó el control previo de constitucionalidad de los decretos-ley de urgencia económica, como son el Decreto Ley de apoyo financiero a favor de beneficiarios coactivados de crédito educativo, becas y ayudas económicas, y el Decreto Ley de reestructuración empresarial.
De la lectura de los pronunciamientos de la Corte Constitucional nos llevaría a pensar que el Presidente está mal asesorado, que quienes ponen en el papel lo que él piensa o le sugieren sus asesores, no saben de la misa a la media como diría la abuela de la casa, pues la Corte Constitucional le recuerda al Presidente, precedentes del organismos de justicia constitucional, en buen romance le dice que hay que sujetarse a esos pronunciamientos anteriores porque son obligatorios.
También existe otra lectura, la de las personas de calle, y es que ese organismo constitucional está politizado y de que nada ha servido decretar la muerte cruzada, si todo un tiempo le están buscando pelos a la sopa comenta la irreverente abuela de la casa. Esta sentencia de raigambre popular "buscar el pelo en la sopa refiere a una persona que siempre le encuentra "peros" y "contraparte" a todo. Y al parecer esa es la consigna de la Corte Constitucional a decir de quienes creen que al ejecutivo no se le deja gobernar.
Es preocupante aquello que dice la Corte Constitucional, que el presidente puede expedir decretos-leyes de urgencia económica, pero que podrán ser aprobados o derogados por el órgano legislativo, es decir por la próxima asamblea. Hábilmente le pone la pelota en la cancha de la Asamblea Nacional. Es decir, Lasso no pega una. De ser así, entonces la norma constitucional estaría mal construida y pensando en voz alta no creemos que ese era el espíritu del constituyente de Montecristi, tanto más que la figura de la muerte cruzada nació justamente de la experiencia política ecuatoriana reflejada en la pugna de poderes y que no le permitía al ejecutivo gobernar como lo que sucedió con la defenestrada asamblea nacional, cuna de víboras e ignorantes a carta cabal, con las excepciones que la hay por supuesto.
Lasso no ha podido gobernar ni con asamblea peor con la Corte Constitucional que era la esperanza del pueblo ecuatoriano. Pero hay algo más y que nos debe preocupar como es el hecho que la Corte Constitucional dice que si se acepta los decretos leyes enviados por el presidente Lasso se generaría un precedente para gobernar abusivamente fuera de lo que significa el Estado de Derecho.
Ya vienen las elecciones y soplan vientos en contra del Presidente Lasso, quien solo podrá gobernar a través de políticas públicas, con sus ministerios a medias y con el zumbido detrás de la oreja del juicio político que quedó pendiente, es decir el que la hace la paga. Ergo, la muerte cruzada solo le sirvió para quitarse de encima a los golpistas. Al parecer, la Corte Constitucional de la esperanza, le busca las cinco patas al gato a todo intento legislativo del Inquilino de Carondelet.