La secretaria de cultura del Cabildo capitalino aceptó realizar la entrevista; por más de dos días no contestó el cuestionario
Subsecretaría de Quito contrató por $ 510 mil para el VAQ con una empresa no registrada (Infografía)
Este año la organización del Verano de las Artes Quito (VAQ-2014) estuvo a cargo de la empresa Shungogrande Gestión Cultural. Por ese servicio la Secretaría Metropolitana de Cultura -conocida hoy en día como la SECU- pagó $ 455.357,14 más el IVA ($ 510 mil).
Así consta en el contratode “Servicio de producción artística y puesta en escena de artistas nacionales e internacionales de los eventos musicales del Verano de las Artes Quito 2014 (VAQ-2014)” registrado en el Servicio Nacional de Contratación Pública (SERCOP), el 25 de julio pasado.
La contratación habría infringido las “Reglas de participación para la contratación de obras, bienes y servicios, incluidos los de consultoría” aprobado por el organismo regulador, a través de la Resolución del INCOP RE-2013-000082, que establece entre los requisitos una experiencia mínimo de 2 años para el oferente del servicio.
Para ese proceso, la SECU propuso que el VAQ-2014 esté orientado a “facilitar los esfuerzos de creadores, gestores culturales y la comunidad en general, logrando la integración social con una renovada propuesta que activará la ciudad de Quito, dotándola de programación diversa y de calidad durante los meses de julio y agosto, período que coincide con las vacaciones escolares y el verano andino”.
En la cláusula 4 añadió que el VAQ-2014, una iniciativa del alcalde Mauricio Rodas por ejecutar dentro de sus primeros 100 días de gestión,englobe las diferentes disciplinas: artes plásticas, artes visuales, danza, letras, música, cine, fotografía, teatro, títeres y patrimonio cultural, con numerosos y variados contenidos y actividades.
El director Metropolitano de Creatividad, Memoria y Patrimonio de la secretaría, Miguel Alvear, propuso “invitar al señor Juan Francisco Jijón Maldonado, en su calidad de representante legal de la Asociación Shungogrande Gestión Cultural, para que presente su oferta técnica y económica para la Producción Artística y Puesta en Escena de Artistas Nacionales e Internacionales en el VAQ-música 2014”, amparado bajo la figura de Régimen Especial.
Para ello, el 16 de julio de 2014 Alvear envió a la titular de la SECU los denominados “TDR” y solicitó el inicio del proceso precontractual.
Para justamente contratar por Régimen Especial, la SECU se amparó en que el artículo 2 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, en el numeral 5, estipula que se someterán a ello “las contrataciones que tengan por objeto la ejecución de una obra artística, literaria o científica”.
Todo ello se hizo con la aprobación de la Administración General del Cabildo y de la titular de la SECU, Mariana Andrade.
La jefa de Presupuesto de la Dirección Metropolitana Financiera, Lorena Bassante, mediante certificación de disponibilidad No. 0100030006, confirmó que sí existían fondos del erario municipal, provenientes de la partida presupuestaria No. 73.02.05 Espectáculos Culturales y Sociales, por $ 510 mil, incluido IVA.
Empresa aún no está registrada en la Superintendencia
Miguel Alvear es gestor cultural y antes de ser funcionario municipal formó parte de la Fundación Ochoymedio, presidida por Mariana Andrade cuando no asumía la SECU.
Al estar inmerso en el campo de la cultura, Alvear habría sido el nexo con Jijón, contó uno de los colaboradores de Shungogrande, empresa que habrían constituido a mediados de 2014 Jijón y el músico y productor artístico Ivis Flíes Cuesta; y que opera en una casa que arriendan en el antiguo sector del Quito Tenis, entre las calles Francisco Feijoo y Mariano Echeverría, en el norte de la ciudad. Allí funcionan 2 estudios de grabación y en el segundo piso existe una habitación pequeña que ha sido habilitada como oficina para Jijón.
La empresa que contrató el Municipio por medio millón de dólares no está registrada en la Superintendencia de Compañías. En cambio, en la página web del Servicio de Rentas Internas (SRI) consta que Shungogrande Gestión Cultural registra actividades desde 2014. Por ello, su declaración de Impuesto a la Renta consta como “período fiscal en curso” y un pago de impuesto a la salida de divisas por $ 1.250.
En la Superintendencia de Compañías figura que José Francisco Jijón Maldonado es accionista y presidente de una compañía de asesoría denominada Gayasoluciones Ambientales, desde el 6 de julio de 2012.Dicha empresa fue constituida el 10 de noviembre de 2011 y nada tiene que ver con la prestación de servicios para la organización de eventos artísticos y culturales.
Condiciones contractuales y la normativa infringida
El contrato habría incumplidoel literal a del artículo 1 de la Resolución del INCOP, según el cual “la contratación de oferentes se deberá hacer tomando en cuenta que la experiencia del oferente no podrá ser acreditada a través de una tercera o interpuesta persona, sea esta natural o jurídica”. También el literal b del mismo artículo: “La experiencia de personas jurídicas, que participen independientemente o a través de compromisos de asociación o consorcios conformados se acreditará siempre que cuenten con al menos 2 años de existencia legal”.
En el caso de Shungogrande no cumpliría con este requisito y pese a ello se le adjudicó el contrato SECU-003-2014. Lo suscribieron Mariana Andrade, secretaria de Cultura del Cabildo, y Juan Francisco Jijón Maldonado, representante legal de dicha empresa (ver gráfico).
Este diario intentó comunicarse con Jijón en varias ocasiones, pero en su oficina y vía telefónica se aseguró que estaba en Quito pero que no sabían en dónde. De Ivis se indicó que estaba en Argentina.
En la oficina de Shungogrande se confirmó que el único contrato que han tenido hasta ahora es con el Municipio, pero que tienen en marcha otro proyecto similar.
El contrato para el VAQ-2014 se habría concretado, incluso, sin tomarse en cuenta el literal c del artículo 1 de la Resolución del INCOP: “En caso de personas jurídicas, la entidad contratante verificará que el patrimonio del oferente sea igual o superior al presupuesto referencial del procedimiento de contratación”. Ese requisito tampoco habría cumplido Shungogrande.
No se habría tomado en cuenta entonces la Resolución RE-2013-000082 del INCOP del 15 de febrero de 2013, que resolvió expedir las “Reglas de participación para la contratación de obras, bienes y servicios, incluidos los de consultoría”, que se realicen mediante los procedimientos de licitación, cotización, concurso público y lista corta, según corresponda, sea por Régimen Común o Especial, incluso los que realicen las empresas públicas.
El artículo 3, en lo referente al incumplimiento de las reglas de participación, estipula: “El incumplimiento por parte de los oferentes de las reglas de participación que han sido incorporados en los pliegos conforme a los artículos 1 y 2 de la presente resolución será causal de rechazo de las ofertas”. Eso no ocurrió con Shungogrande.