Reglamento para registro de medios, por definir en 2014
El Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información y Comunicación (Cordicom) sesionó el pasado martes 24 para conocer y debatir el Reglamento para el Registro Obligatorio de Medios.
El consejero Roberto Wohlgemuth señaló que este documento busca determinar los datos generales que los medios de comunicación social deben consignar para dar cumplimiento al registro público y los mecanismos para que el Cordicom concrete el catastro, según lo establece la Ley Orgánica de Comunicación (LOC).
Esta norma jurídica establece en la IV Sección sobre Transparencia de lo medios de comunicación, en su artículo 88, que los medios de comunicación social deben registrarse ‘obligatoriamente’ en un catastro ante este organismo de regulación.
Los medios de comunicación social deben registrarse de manera obligatoria ante el Cordicom.En la misma disposición señala la sanción por el incumplimiento del registro. Los medios de comunicación no podrán recibir pauta publicitaria por parte de las entidades del Estado.
La disposición transitoria cuarta de la LOC señala que el registro se deberá cumplir en un plazo no mayor a 180 días a partir de la conformación del Cordicom. De esta forma, el organismo tiene plazo hasta el próximo 24 de enero para aprobar el reglamento, ya que la norma entró en vigencia el pasado 25 de junio.
Wohlgemuth dijo que está previsto sesionar durante la primera semana de enero próximo para realizar el segundo debate y aprobar este reglamento.
Además, los consejeros planificaron el lanzamiento de un formulario en línea para el registro de los datos de los medios. Esta información será general y se determinará en el reglamento que será promulgado por el Ejecutivo en los próximos días.
La consejera Paulina Mogrovejo confirmó que está pendiente por resolver reglamentos relacionados con la publicidad; el 5% de difusión en la parrilla para contenidos de pueblos afroecuatorianos, indígenas y montubios; la clasificación de franjas, entre otros temas.