Nueve intendencias de Comunicación se crearán en 2014
La Superintendencia de la Comunicación e Información prevé ampliar su ámbito de acción para los primeros seis meses del próximo año con la creación de nueve intendencias en todo el país.
La información la hizo pública ayer el titular de la superintendencia, Carlos Ochoa, durante una entrevista en Ecuador TV. “Confiamos en que en los primeros seis meses tengamos una infraestructura básica en el país, a fin de que las regiones cuenten con las correspondientes intendencias”, indicó.
A esto se suma que la institución analiza la adquisición de un equipo de monitoreo de radio y televisión, aunque aclaró que esto aún es una posibilidad. “Esperamos que la ley sea conocida no solo por los periodistas, sino también por las facultades de comunicación y por toda la sociedad”, aseguró.
Aunque no ahondó en detalles, en una visita que efectuó hace una semana a Esmeradas, anticipó que se realizará un proceso para seleccionar a quienes serán parte de estas intendencias.
DATOS
El Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información y Comunicación (Cordicom) sesionará la primera semana de enero para aprobar el reglamento para el registro de medios.
Este registro deberá cumplirse ya que así lo establece la Ley Orgánica de Comunicación, en la IV sección, que se refiere a la Transparencia de los Medios.
Hasta el 24 de enero tiene plazo el Cordicom para aprobar el reglamento. Están pendientes los reglamentos de publicidad, clasificación de franjas y difusión en la parrilla para contenidos de pueblos afroecuatorianos, indígenas y montubios.Estos organismos tienen como finalidad recibir las quejas de los ciudadanos de una determinada ciudad, provincia o región, de tal forma que los trámites en contra de algún medio de comunicación no pasen a Quito, sino que sean conocidos en sus respectivas jurisdicciones.
La creación de las intendencias está contemplada en el artículo 55 de la Ley Orgánica de Comunicación, aprobada este año. Allí se establece que la Superintendencia tendrá a su vez intendencias, unidades, divisiones técnicas y órganos asesores.
La Superintendencia de la Información y Comunicación fue creada como un organismo técnico de vigilancia, auditoría, intervención y control, con capacidad para sancionar, de administración desconcentrada, con personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, presupuestaria y organizativa, que cuenta con atribuciones para hacer cumplir la normativa de regulación de la Información y Comunicación.
Respecto de sus atribuciones, el artículo 56 detalla cinco puntos: tiene la capacidad de fiscalizar, supervisar y ordenar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias sobre los derechos de la comunicación.
Además, tiene la obligación de atender, investigar y resolver las denuncias o reclamos formulados por las personas naturales o jurídicas, a través de sus representantes, en materia de los derechos de la comunicación.
También puede requerir a los ciudadanos, instituciones y actores relacionados a la comunicación, información sobre sí mismos que fuere necesaria para el cumplimiento de sus atribuciones. Otra de sus atribuciones es la de aplicar las sanciones establecidas en la Ley y el reglamento de sanciones administrativas.
Denuncias
Según el reglamento de sanciones, el reclamo que haya presentado un ciudadano puede resolverse en un lapso de 33 días y el proceso comienza una vez que se presente la queja ante la superintendencia o las intendencias que se crearán para el efecto.
El organismo deberá calificar la queja en un tiempo de cinco días, para lo cual se verificarán los nombres del denunciante y la identificación de la persona denunciada. También se deberá incluir el testimonio de los hechos que se denuncian con fecha, hora, lugar, evidencia o prueba.
El reglamento también señala que en caso de que se requiera información adicional y esta no sea presentada en el lapso de dos días, se entenderá que el denunciante abandonó la queja, por lo tanto esta se archivará o caso contrario la Superintendencia o las intendencias actuarán de oficio.
Las resoluciones de la Superintendencia y de las intendencias son vinculantes y deben ser acatadas y cumplidas en los plazos fijados.
En caso de que se registre una impugnación judicial la resolución continuará aplicándose hasta que un juez determine su suspensión.