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Experto considera que Contraloría es la llamada a actuar para establecer responsabilidades administrativas, civiles o penales

La Secretaría de Cultura de Quito contrató a Shungogrande usando fondos para otro evento

La Secretaría de Cultura de Quito contrató a Shungogrande usando fondos para otro evento
28 de noviembre de 2014 - 00:00 - Unidad de Investigación

El 9 de julio pasado, en entrevista con El Comercio, la secretaria de Cultura del Municipio de Quito, Mariana Andrade, manifestó que para organizar un evento de la magnitud del Verano de las Artes Quito 2014 (VAQ-2014) no tenían dinero, pero que tuvo que reprogramar el presupuesto que estaba destinado a la Velada Libertaria. “Se hizo traspasos de crédito en la gestión pública, lo que permite priorizar actividades”, porque en ese momento no había presupuesto para ese evento. Tras esa reprogramación de presupuesto, contrató la organización del VAQ-2014 con la empresa Shungogrande Gestión Cultural, por cuyo servicio la SECU pagó $ 455.357,14 más IVA ($ 510 mil).

El contratode “Servicio de producción artística y puesta en escena de artistas nacionales e internacionales de los eventos musicales del Verano de las Artes Quito 2014 (VAQ-2014)” lo firmaron Andrade el 25 de julio pasado y el representante legal de Shungogrande, Juan Francisco Jijón Maldonado.

Según se desprende del contrato, con base en información de la Superintendencia de Compañías y Seguros (SCS) y del Servicio de Rentas Internas (SRI), se habrían infringido las “Reglas de participación para la contratación de obras, bienes y servicios, incluidas las de consultoría”.  

Las reglas fueron aprobadas por el organismo regulador a través de la Resolución del Incop RE-2013-000082. Allí se estableció entre los requisitos una experiencia mínima de 2 años para la empresa oferente.

El contrato habría incumplidoel literal a del artículo 1 de la Resolución del Servicio Nacional de Contratación Pública (Sercop), según el cual “la contratación de oferentes se deberá hacer tomando en cuenta que la experiencia del oferente no podrá ser acreditada a través de una tercera o interpuesta persona, sea esta natural o jurídica”. También el literal b del mismo artículo señala: “La experiencia de personas jurídicas, que participen independientemente o a través de compromisos de asociación o consorcios conformados se acreditará siempre que cuenten con al menos dos años de existencia legal”.

En el caso de Shungogrande no se cumpliría ese requisito y pese a ello se le adjudicó el contrato.       

En la oficina de Shungogrande, ubicada en el norte de Quito, se confirmó que lleva menos de un año de formada la empresa, cuyos accionistas y socios son Jijón y el músico y productor artístico Ivis Flíes Cuesta. Se admitió que el único contrato que han firmado hasta ahora es con el Municipio, y que tienen en marcha otro proyecto similar. La empresa no consta en la SCS y en el SRI registra actividades desde 2014. Por ello su declaración de Impuesto a la Renta figura como “período fiscal en curso” y muestra un pago de impuesto a la salida de divisas por $ 1.250 (ver gráfico).

Auditoría despejaría dudas

La Contraloría General sería el organismo de control llamado a realizar una auditoría para determinar responsabilidades administrativas, civiles y, de ser el caso, indicios de responsabilidad penal, si  algún ente como la SECU hubiera infringido la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública (Losncp), los reglamentos y resoluciones.   

Según el experto Luis Calero, contratar vía Régimen Especial (como se hizo con el VAQ-12014), no exime que los funcionarios públicos velen por el cumplimiento de los requisitos estipulados en la ley. “El hecho de que se excluyan determinadas normas de los regímenes generales no significa en modo alguno que las instituciones y funcionarios tengan carta blanca para hacer lo que quieran, pues existe normativa alterna, interna o reglas generales que regulan el sector público”.  

Dijo que con el establecimiento de responsabilidades administrativas, civiles e indicios de responsabilidad penal, dependiendo del grado de participación o afectación al interés público, en el caso de las administrativas y civiles, la Contraloría es la llamada a establecer sanciones. En cambio, en caso de determinarse indicios de responsabilidad penal, le corresponde a la Fiscalía propiciar la investigación y sugerir el respectivo enjuiciamiento penal, para que los jueces sancionen.       

Según Calero, si se ha contratado con empresas que no tienen vida jurídica o no están registradas en la SC, “será una agravante para sancionar al funcionario público que permitió aquello. La autoridad de control debe establecer cuán grave es la irregularidad cometida. Si se trató de beneficiar a terceros, simple y llanamente se podría incurrir inclusive en el delito de peculado”, indicó. El contrato para el VAQ-2014, incluso, se habría concretado sin observar el literal c del artículo 1 de la Resolución del Sercop: “En caso de personas jurídicas, la entidad contratante verificará que el patrimonio del oferente sea igual o superior al presupuesto referencial del procedimiento de contratación”.

Desde el 24 de noviembre EL TELÉGRAFO solicitó una entrevista con Andrade, pero a las 17:35 del miércoles, a través de un correo, la SECU indicó: “Estimado Nelson, hemos intentado responder tus preguntas porque consideramos importante que se incluya la versión de esta Secretaría en la pieza informativa que trabajas, pero no ha sido posible completar la tarea. Te pedimos, sin embargo, que al no ser un tema de coyuntura y por respeto a tus lectores nos esperes un poco. Ahora, como sabes, estamos inmersos en el desarrollo de las Fiestas de Quito”. Otros medios, sin embargo, sí han sido atendidos (ver gráfico).

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