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Jueza dicta prisión para 3 exoficiales por actos de tortura

Jueza dicta prisión para 3 exoficiales por actos de tortura
02 de octubre de 2013 - 00:00

Eran las 09:00 de ayer y Luis Vaca Jácome ya atravesaba el detector de metales que colocaron en el octavo piso de la Corte Nacional de Justicia (CNJ). Allí, se llevaría a cabo, 30 minutos después, la audiencia de Formulación de Cargos en contra de dos exministros de Defensa, tres generales, cuatro coroneles de las Fuerzas Armadas y un general de la Policía Nacional, todos en servicio pasivo, pero que en la década de 1980 dirigían las unidades de Inteligencia responsables de las torturas cometidas durante el gobierno de León Febres-Cordero.

La Fiscalía determinó que durante cerca de tres años, Vaca estuvo detenido sin fórmula de juicio, en una celda clandestina del recinto  militar de  Conocoto, ubicado al sur oriente de Quito, la cual apenas medía dos metros de largo por uno de ancho, completamente incomunicado.

Unos minutos después llegó, a la Sala de lo Penal, Susana Cajas, quien también fue detenida junto con   Vaca y Javier Jarrín, el 10 de noviembre de 1985, por un grupo de militares, cuando tomaban gaseosa en una tienda ubicada frente al parque infantil de la ciudad de  Esmeraldas.

DATOS

Según el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional son once los parámetros para calificar un crimen de lesa humanidad.

Los parámetros son: asesinato, exterminio, esclavitud, deportación o traslado forzoso de población, encarcelación o privación grave de   libertad en violación de normas de derecho internacional.

También tortura, violación, esclavitud sexual, prostitución, embarazo o esterilización forzada; persecución de un grupo por motivos políticos, raciales, nacionales, étnicos, culturales, religiosos, de género; apartheid y, actos inhumanos que causen sufrimientos.
Cajas y Jarrín -según consta en el Informe de la Comisión de la Verdad- también fueron sometidos a incontables torturas, como parte del plan  antisubversivo  que implementó el régimen de Febres-Cordero para  perseguir a los grupos contrarios a su gobierno, especialmente, a los militantes de organizaciones de izquierda como Alfaro Vive Carajo (AVC) y Montoneras Patria Libre, a quienes consideraban “el enemigo interno”.

Esas prácticas se enmarcaban dentro de una política regional promovida por los gobiernos militares que, por décadas, dominaron América Latina para terminar con el comunismo.

Las denuncias de Vaca y Cajas, relatadas a la Comisión de la Verdad (creada en 2007 por el Ejecutivo) 22 años después de los hechos, fueron documentadas e investigadas por la Fiscalía General,  la cual concluyó que existían los indicios suficientes (elementos de convicción) para formular cargos de responsabilidad penal  en contra de 10 implicados en delitos de lesa humanidad, quienes en aquella época ocuparon cargos directivos en organismos estatales creados para  una supuesta lucha antiinsurgente.

Pasadas las 09:00, los denunciantes se ubicaron en la mesa asignada, al lado izquierdo del salón, junto al fiscal Galo Chiriboga, quien no dejaba de revisar el expediente compuesto por 1.200 páginas con la sustentación del caso.

Del otro lado de la sala, en cambio, se ubicaron los abogados de los 10 sindicados, ninguno de ellos asistió a la diligencia efectuada ayer, ante una masiva concurrencia de los medios de comunicación.

Con puntualidad, la jueza Lucy Blacio ingresó al salón y el murmullo, que inundaba la sala, se apagó. Enseguida, la magistrada de la Sala de lo Penal pidió a la secretaria que verifique la presencia de los convocados a la audiencia, tras lo cual se dio inicio.

Una vez verificada la competencia de la autoridad judicial, el fiscal empezó con la sustentación de los cargos en contra de Luis P., exministro de Defensa del gobierno de León Febres-Cordero; Jorge A., también exministro de Defensa en el período y exjefe del Comando Conjunto de las FF.AA.; Carlos J., exdirector de Inteligencia del Ejército (de septiembre de 1985 a enero de 1986); Marcelo D., exdirector de Inteligencia  (de enero de 1987 a agosto de 1988); Juan V., excomandante de la Escuela de Agrupamiento de Inteligencia Militar (AIM) de Conocoto; Mario A., exdirector del AIM; Nelson E., exjefe del Servicio de Inteligencia de Quito (SIQ); Guillermo R., también exdirector del SIQ; Fernando R., exmédico de la AIM y de quien se presume vigilaba las torturas y suministraba el denominado “suero de la verdad” a los detenidos; y Édgar V., exjefe del Servicio de Investigación Criminal (SIC 10), responsable de la “lucha antiterrorista”.

Chiriboga relató las torturas a las que sometieron a Cajas en el recinto militar: la encerraron y mantuvieron incomunicada,  le propinaron golpes, choques eléctricos en las partes íntimas y la obligaron a cometer actos sexuales humillantes. “En el caso de Luis Vaca fue encerrado en una diminuta celda por tres años, escúchese bien tres años”, dijo Chiriboga, acentuando las palabras, al tiempo que contó los pormenores del encierro, los golpes y las tortura  físicas y psicológicas que sufrió. Incluso, “hicieron desaparecer los  datos de Vaca del Registro Civil, por eso cuando su madre fue a reclamar por su paradero le dijeron que no existía”, continuó el fiscal.

Lo inédito del caso también llamó la atención de exmilitantes de la agrupación AVC que llegaron a la audiencia con carteles que decían “ahora sí les llegó la hora”.

Al final, la jueza ordenó prisión preventiva contra el exministro de Defensa Luis P. y el excomandante de la Policía Edgar V., de quienes se conoció que ya abandonaron el país. La misma medida contra Fernando R., exmédico de la unidad militar, mientras que dispuso arresto domiciliario contra el resto de implicados.

También acudieron a la audiencia la fiscal general de la República Bolivariana de Venezuela, Luisa Ortega; una comisión de la Corte de Justicia de Panamá, el canciller ecuatoriano, Ricardo Patiño; el ministro de Justicia, Lenín Lara; asambleístas, amigos y familiares de los denunciantes.

LO QUE DICEN LA CONSTITUCIÓN Y EL CÓDIGO PENAL

Los delitos señalados de lesa humanidad son considerados imprescriptibles. Así lo estableció el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional de 1998.

Ecuador se acogió a este instrumento internacional, tal es así que en la Asamblea Constituyente de Montecristi, que  se efectuó en  2008, se incluyó el tema dentro del artículo 80.

La Carta Magna estipula  que “las acciones y penas por delitos de genocidio, lesa humanidad, crímenes de guerra, desaparición forzada de personas o crímenes de agresión a un Estado serán imprescriptibles”.

Agrega el mismo artículo que ninguno de los casos citados anteriormente serán susceptibles de amnistía y el hecho de que una de estas infracciones haya sido cometida por un subordinado no eximirá de responsabilidad penal al superior que la ordenó ni al subordinado que la ejecutó.

En tanto  el Código Penal también se refiere la imprescriptibilidad de este tipo de delitos, como lo establece el artículo 114.6 del título V: “Las acciones y penas previstas para los delitos de genocidio, lesa humanidad, crímenes de guerra, desaparición forzada, ejecución extrajudicial, tortura, o crímenes de agresión a un Estado son imprescriptibles”.

Por tratar, en principio de un instrumento internacional, Ecuador debe adecuar el Código Penal. Así lo indica la Carta Magna en su artículo 84: “la Asamblea Nacional tendrá la obligación de adecuar, formal y materialmente, las leyes y normas jurídicas a los derechos previstos en la Constitución y los tratados internacionales, y los que sean necesarios para garantizar la dignidad del ser humano o de las comunidades, pueblos y nacionalidades”.

Además, se aclara que en ningún caso, la reforma de la Constitución, las leyes, otras normas jurídicas, ni los actos del poder público deberán atentar contra los derechos que reconoce la misma Carta Magna.

La asambleísta Soledad Buendía manifestó que el fiscal general de la Nación, Galo Chiriboga, ha determinado que hubo detención arbitraria, tortura y desaparición forzosa por parte de un grupo de policías y militares, contra tres exmiembros del grupo Alfaro Vive Carajo (AVC), durante el gobierno de León Febres-Cordero, y que estos actos están tipificados como delitos de lesa humanidad, por tal motivo procedió la acción que se inició ayer.

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