Publicidad

Ecuador, 29 de Septiembre de 2024
Ecuador Continental: 12:34
Ecuador Insular: 11:34
El Telégrafo
Comparte

Juez anuncia medidas contra cesación dictada por Consejo Transitorio

Los integrantes del Consejo Transitorio decidieron cesar en sus funciones a los 9 jueces de la Corte Constitucional el jueves 23 de agosto.
Los integrantes del Consejo Transitorio decidieron cesar en sus funciones a los 9 jueces de la Corte Constitucional el jueves 23 de agosto.
Foto: Carina Acosta / El Telégrafo
24 de agosto de 2018 - 13:22 - Redacción Web

La decisión del pleno del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social Transitorio (Cpccst) de cesar en sus funciones a los magistrados de la Corte Constitucional tuvo la primera reacción oficial de uno de los sancionados.

El juez Francisco Butiñá, en su cuenta en Twitter, anunció que "tomaremos las medidas que sean necesarias para hacer escuchar nuestra voz ante una decisión que responde a intereses políticos y que pretende tomar el nombre del pueblo ecuatoriano para llevarse a cabo".

El Consejo Transitorio, el jueves 23 de agosto, decidió por 5 votos a favor y una abstención cesar en funciones a los 9 jueces de la Corte Constitucional. Entre los argumentos para adoptar esta medida, el Cpccst indicó que la selección de los magistrados no fue imparcialidad y que se detectó -incluso- "falta de capacidad o probidad" entre los jueces.

Butiñá en un texto público manifestó que "la justicia constitucional se sustenta en principios, reglas y métodos de interpretación constitucional, por lo que, en el ejercicio de mis responsabilidades y competencias en todos las causas y procedimientos a mi cargo, desde mi posesión como juez constitucional el 5 de noviembre de 2015 he actuado con observancia a los principios generales del derecho y la justicia constitucional dentro del ámbito y las prerrogativas que me otorgan la Constitución de la República y la ley".

El juez agregó que, según el artículo 431 de la Constitución, los miembros de la Corte Constitucional no están sujetos a juicio político ni podrán ser removidos por quienes los designen.

Sostuvo, además, que la destitución de un magistrado debe ser decidida por las dos terceras partes de los integrantes de la propia Corte Constitucional. Por su parte, el artículo 432 señala que los jueces serán renovados por tercios, cada tres años. (I)

Contenido externo patrocinado