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Artículo 542 del coip señala que medida de prisión preventiva se dispone si procesado incumple medidas cautelares impuestas

Abogado del Vicepresidente denunció en Fiscalía a juez Jurado por prevaricato

El 2 de octubre el juez ordenó prisión preventiva contra Jorge G. Abogado asegura que cometió prevaricato.
El 2 de octubre el juez ordenó prisión preventiva contra Jorge G. Abogado asegura que cometió prevaricato.
Foto: Mario Egas / EL TELÉGRAFO
17 de octubre de 2017 - 00:00 - Redacción Política

Eduardo Franco Loor, abogado del Vicepresidente, presentó ayer una denuncia contra el juez de la Corte Nacional de Justicia, Miguel Jurado Fabara, por presunto prevaricato.

El jurista presentó la acción de acuerdo a lo que está tipificado en el artículo 268 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), “ya que el juez no observó las normas legales y tampoco actuó conforme a derecho. Es una persona que no puede decidir en la etapa preparatoria de juicio porque está denunciada por prevaricato”.    

Franco dijo que el juez ordenó la prisión preventiva contra su cliente sin observar lo que indica el artículo 542 del COIP, que señala que se dictará esa medida solo en caso de que la persona procesada incumpliera la medida cautelar no privativa de libertad, además se dictó un día después de que finalizó la instrucción fiscal.

Reiteró que el Vicepresidente nunca salió del país, “solo cuando hay un incumplimiento puede cambiarse la medida cautelar, por eso hay una actitud negligente y dolosa de perjudicar e inobservar normas del debido proceso”, aseguró Franco.

El pasado 25 de agosto, el Magistrado dio paso a la vinculación en el proceso de 11 personas, entre ellas el Segundo Mandatario, además de las 7 que ya estaban sindicadas.

En el caso del Vicepresidente  esta acción fue precedida por la autorización de la Asamblea Nacional, según lo señalado en el artículo 120, numeral 10 de la Constitución.

En esa diligencia, el juez Miguel Jurado Fabara aceptó el pedido del fiscal y prohibió la salida del país del Vicepresidente como medida suficiente para garantizar su presencia durante la instrucción fiscal.

Además consideró que durante el desarrollo del proceso Jorge G. ha acudido a los llamados realizados por la Fiscalía y por la función que desempeña se requiere que tenga su derecho a la movilidad y desplazamiento dentro del país, incluso cuenta con personal militar y policial como seguridad.

Sin embargo, el 2 de octubre, Jurado ordenó la prisión preventiva del funcionario, luego de que el fiscal General de la Nación, Carlos Baca, solicitara la medida cautelar. “Lo que ha establecido el juez es una decisión fundamentada en los elementos de convicción y evidencias recabadas a lo largo de la investigación”, recalcó el Fiscal luego de la audiencia.

El 13 de octubre se dio paso a la apelación a la prisión preventiva donde nuevamente el tribunal designado por la CNJ negó la petición.
Recusación

Así mismo, el domingo 15 de octubre se efectuó la audiencia de habeas corpus solicitada también por la defensa, la cual insistió en que la detención del Vicepresidente es ilegal, pero el tribunal de la sala de lo laboral de la CNJ que sustanció la petición consideró que la prisión preventiva se había dispuesto de acuerdo a la ley.

Sobre la recusación  en contra de Jurado dijo que la solicitó debido a que el magistrado “no es imparcial”.

“No es una persona idónea para conocer la etapa evaluatoria de juicio porque ya tiene un criterio”.

El abogado esperará que esta semana se conforme el tribunal en la CNJ para que pueda pronunciarse sobre la recusación, de manera que se reemplace al juez Jurado para la audiencia de llamado a juicio que debió realizarse ayer, pero que por este pedido fue diferida. “El proceso no puede paralizarse”.

Franco señaló que apelará el habeas corpus si continúan las injusticias. “Acudiremos a instancias internacionales; el Vicepresidente es inocente y hasta el momento la Fiscalía no ha presentado ninguna prueba que lo implique en los actos en los que se le acusa”. (I)

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Hoy se decide la vinculación de 3 personas más

Para las 08:30 de hoy en el Complejo Judicial Norte, en Quito, está prevista la instalación de la audiencia de vinculación de Vladimir Sper, Sakurai España y Gustavo Massuh, al proceso por el presunto delito de lavado de activos en el caso de corrupción de Odebrecht.

De conformidad con el Código Orgánico Integral Penal (COIP), el pasado 29 de septiembre terminó el plazo para la instrucción fiscal en este caso, la cual inició el 21 de abril con la detención del exministro de Electricidad, Alecksey M., y del empresario Marcelo E. De ahí corrió el plazo de 90 días y se extendió 30 días más porque aparecieron dos personas más con presunción de haber participado en el delito.

Al haberse cumplido los 120 días, la fiscal del caso, Diana Salazar, con la información recabada y los fundamentos que posee para deducir una imputación, deberá enviar a la sala de sorteos la petición al juez de garantías penales a fin de que señale día y hora para la audiencia de formulación de cargos.

Hasta el momento por el presunto lavado de activos hay cuatro procesados: Alecksey M. (detenido); Marcelo E. y Antonio M. (con arresto domiciliario); y Santiago J. (prófugo) con orden de detención. A estos podrían sumarse las tres nuevas personas antes mencionadas.

Dentro del caso Odebrecht, por ausencia de la jueza, Irene Pérez, ayer no se realizó la audiencia de sustitución de la medida cautelar de prisión preventiva para el perito José Luis Fuentes, por el presunto delito de fraude procesal. (I)  

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Mañana se reactivará el proceso penal contra el excontralor por el caso Odebrecht. Durante su gestión se aplicó un sistema para que un equipo de asesores y subcontralores dieran el último aval a las auditorías. La defensa del exfuncionario sostiene que la Fiscalía carece de sustento en su denuncia por presunta concusión.

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