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¿Qué actividades podrán desarrollarse durante el Estado de Excepción?
A través de un comunicado, el Ministerio del Interior dio a conocer qué actividades de movilidad que estarán eximidas del Estado de Excepción basados en el numeral 10 del artículo 8 del Decreto Ejecutivo 411, suscrito por el presidente de la República, Guillermo Lasso, en el que dispone esta figura en las provincias de Esmeraldas, Guayas y Manabí.
Es así que quienes presten servicios y labores en las siguientes actividades, podrán circular siempre y cuando porten sus documentos habilitantes que les identifiquen.
Las actividades permitidas son:
- Producción, comercialización y provisión de alimentos y bebidas.
- Transporte y logística de materias primas, como: medicinas, insumos médicos y sanitarios, incluidos su transporte y comercialización.
- Sectores estratégicos de conformidad con lo definido en la Constitución.
- Prestación de servicios básicos como agua potable, electricidad, recolección de basura, entre otros.
?COMUNICADO | Informamos a la ciudadanía las actividades que están eximidas de la restricción de movilidad dispuestas en el numeral 10 del Decreto 411, suscrito por el Pdte @LassoGuillermo, en el que dispone el estado de excepción en las provincias de Esmeraldas, Manabí y Guayas pic.twitter.com/1RmBQ8eNyx
— Ministerio del Interior Ecuador (@MinInteriorEc) April 30, 2022
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— El Telégrafo Ecuador (@el_telegrafo) April 30, 2022