Proceso de mujer que quemó al violador de su hija altera España
La justicia española, el Gobierno, el Congreso y la sociedad civil se enfrascan en el debate de un proceso al que muchos resumen entre la venganza de una madre dolida y la posibilidad que tienen (o que tenía, en este caso) las personas de pagar sus culpas y reinsertarse luego a la vida de la comunidad.
La negativa del Gobierno español de conceder el indulto a María del Carmen G., quien echó gasolina y luego prendió fuego a un hombre (en un hecho ocurrido dentro de un bar en 2005) que años antes había sido sentenciado, acusado de violar a la hija de esta, pone a la justicia a revisarse puertas adentro.
La mujer, que en julio de 2009 y luego de un largo proceso fue condenada a 5 años y medio de prisión por quemar al violador de su hija en la localidad de Benejúzar, Alicante, había presentado por medio de su abogado, Joaquín Galant, un pedido de indulto ante las autoridades.
DATOS
La mujer fue condenada en julio de 2009 a 9 años y medio por el crimen, aunque un año después el Tribunal Supremo rebajó la pena hasta 5 años y medio por asesinato y lesiones, al aplicarle la “eximente” incompleta de trastorno mental transitorio.
Para cuando ocurrió el hecho, en julio de 2005, la mujer se hallaba en tratamiento psiquiátrico, para poder superar lo sucedido 7 años antes con su hija.
La procesada indicó, durante el juicio, que se había sentido asustada, pues el hombre al que roció gasolina y quemó vivo había vuelto “para matar a mi Verónica”, algo que “él juró que haría”.
Ella no había ingresado a la cárcel porque venía siendo tratada en el Centro de Psiquiatría del Hospital de San Juan, por un “trastorno adictivo mixto con síntomas de ansiedad y depresión” causado por la violación de su hija.
Sin embargo, el Tribunal Supremo negó el pedido para acceder a la medida de gracia, al mismo tiempo que la Audiencia Provincial de Alicante, ante la cual también había solicitado que suspendiera la ejecución de la sentencia hasta que se resolviera el recurso, ordenó su encarcelamiento al entender que “se debe cumplir la ley”.
Según se dispuso, ella deberá ingresar a la prisión el día 27 de junio para cumplir la pena impuesta. En ese mismo sentido, el auto recuerda que el artículo 988 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal dispone que “una vez se haya declarado la firmeza de la sentencia, se procederá a su ejecución”.
Sin embargo, el abogado de la mujer afirma que la continuidad de su tratamiento médico psiquiátrico le ha permitido “estacionarse, reinsertarse, paliar los síntomas y mantener una vida normalizada” en la actualidad. “Además, no olvidemos que esta mujer lleva enferma desde que violaron a su hija y que ya ha pasado un año en prisión ‘preventiva’ por esta causa”.
La venganza de la madre
El caso tiene su antecedente en 1998, cuando Antonio C.V. fue acusado y condenado a 9 años de prisión por violar a una menor de 13 años.
Pasó el tiempo y el 13 de junio de 2005, cuando María del Carmen G. esperaba el autobús se le acercó Antonio C.V., a quien le restaban solo 2 años de prisión y que en ese momento disfrutaba de un permiso carcelario. El problema inició cuando él le preguntó qué tal estaba su hija, a lo que la mujer contestó: “Maldito, maldito eres tú”.
Más tarde, el hombre acudió a un bar próximo, mientras que María del Carmen llenó una botella de plástico con gasolina, entró en el establecimiento y tras decirle: “¿Te acuerdas de mí? Pues para que no me olvides”, lo roció con el combustible y le prendió fuego.
El agredido, albañil retirado de 69 años, falleció a los 10 días a causa de las quemaduras de tercer grado que sufrió en el 60% de su cuerpo.
Durante la audiencia de juzgamiento, la mujer fue vitoreada por varias personas que apoyaban su “venganza de madre”.
El juez puede decidir todo
Los años han pasado, pero el respaldo de aquellos grupos que se identifican con la mujer, observando más su sentimiento de madre que el que se haya tomado la justicia por mano propia, no ha cesado.
Ahora, al pedido de María del Carmen G. se suma la disposición de varios colectivos sociales y asociaciones ciudadanas de iniciar una campaña y recoger firmas para pedir de nuevo al Gobierno el indulto.
La Plataforma Feminista de Alicante, una de las principales impulsoras del indulto y que cuenta con el respaldo de 21 asociaciones y más de 1.500 firmas recogidas, señala que la medida persigue “una justicia humana y humanitaria”, que tenga en cuenta “las circunstancias” que rodean este caso en particular.
Incluso, las nuevas peticiones de indulto abren otro escenario y lanzan la responsabilidad jurídica a quienes fueron los encargados de aplicarle la sanción de 5 años y medio, dado que, según ha explicado el abogado Galant, el artículo 4.4 del Código Penal español confiere al juez o tribunal sentenciador la facultad de suspender la pena durante la tramitación del indulto.