Presidente de la CNJ califica como una "intromisión" medidas cautelares a Jiménez por parte de la CIDH
Carlos Ramírez, presidente de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), dijo que la CIDH "no es un organismo jurisdiccional, es un comité consultivo y sus pronunciamientos no son vinculantes y no tienen fuerza coercitiva, son solo recomendaciones".
El principal de la CNJ calificó como una "intromisión" a la resolución de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sobre el otorgamiento de medidas cautelares a Cléver Jiménez, Fernando Villavicencio y Carlos Figueroa, ,quienes fueron sentenciados por un caso de injurias en contra del presidente de la República, Rafael Correa.
Ramírez señaló que como presidente de la CNJ debe "velar por el respeto a los fallos y sentencias de las salas especializadas y de la Función Judicial ecuatoriana, en general".
A su criterio, los pronunciamientos de la CIDH no pueden interferir sobre las decisiones, sentencias y resoluciones de los órganos jurisdiccionales de las altas cortes del país. "La CNJ es el máximo órgano de justicia ordinaria del Ecuador en los casos de casación, revisión y fuero. Sus pronunciamientos son en el plano jurisdiccional y no político", precisó.
El funcionario de Estado aseveró que la Corte, en este caso, observó "muy estrictamente todos los principios, normas de derecho y con observancia del debido proceso, se ha dado a las partes el derecho a la defensa, la impugnación en todos los campos y recursos".
Ramírez reiteró que Ecuador es "un defensor de los derechos humanos, tenemos una Constitución garantista que proclama y establece la garantía de los derechos humanos fundamentales de las personas".
El titular de la CNJ manifestó que los planteamientos de la CIDH no "tienen fuerza vinculante o coercitiva", pero que las resoluciones de la CorteIDH son sentencias, "es una situación distinta y el Estado es suscriptor de ese tratado o convenio y obviamente obligaría al Estado ecuatoriano".
Ramírez acotó que al "presidente de la CNJ no le corresponde el cumplir o no esas recomendaciones". Señaló que se considera como "una intromisión porque no están facultados" y detalló que las medidas cautelares de la CIDH están previstas en un reglamento, dictado por la misma comisión y no están previstas en el Tratado (Pacto) de San José.
Reiteró que la decisión de acoger las medidas no corresponde al presidente de la CNJ. "Es una medida que debe considerarla el Estado ecuatoriano", agregó.
Ramírez indicó que la jueza Lucy Blacio, quien emitió la sentencia, " hará el pronunciamiento debido", independientemente de su pronunciamiento, "si esa petición de la CIDH llega ante ella".
Acotó que por el principio de independencia no puede pronunciarse "sobre la decisión que va a tomar o debe tomar la jueza de la CNJ. Ella lo dirá".
El presidente del CNJ señaló que Colombia es un caso visible de jurisprudencia sobre acatamiento de medidas cautelares por parte de la CIDH. "El presidente Santos no acató esas medidas cautelares", recordó, sobre el proceso que se siguió al exalcalde de Bogotá, Gustavo Petro, en donde el presidente colombiano decidió no acatar las medidas cautelares de la CIDH.