Más de diez “fachadas” son utilizadas para lavar dinero
Diez de diciembre de 2008. Eran cerca de las 18:30 cuando en el aeropuerto José Joaquín de Olmedo de Guayaquil se procedía a la detención de una ciudadana norteamericana con 77.950 dólares.
El hecho trascendió no solo porque María M. (como se la identificará) intentó ingresar al país el dinero de manera ilegal, sino porque fue camuflado en un reproductor de DVD. “Yo llegué aquí a visitar a mi familia... a pasar la navidad, cuando estaba en el aeropuerto me dieron ese (artefacto que) estaba emplasticado, no sabía lo que había... hice mal en recibir ese encargo de una persona extraña...”, narró en su testimonio la acusada, quien durante un proceso judicial fue condenada a cumplir un año de reclusión menor ordinaria en Ecuador.
El caso de María M. es solo una muestra de las diversas tácticas utilizadas para cometer el delito de lavado de activos. Es tal la situación que más de diez tipos de “fachadas” sirven de escenario para evadir los controles de las autoridades, así lo revela un informe del Grupo de Acción Financiera Internacional de Sudamérica (Gafisud).
El reporte detalla que estas irregularidades son propensas a registrarse en actividades relacionadas con los casinos, la comercialización de oro, la constitución de empresas call-center u online, la utilización de negocios ficticios, la importación de materias primas, el ingresar dinero por la frontera o los aeropuertos, entre otros.
Las labores de inteligencia de la Unidad Especial de Investigaciones de Delitos Transnacionales han permitido detectar la existencia de algunas de estas anomalías.
Así se lograron obtener resultados significativos en lo relacionado con la incautación de bienes (edificios, joyas, vehículos, etc.). Más de 43 millones de dólares es la cifra referencial del avalúo judicial (dictamen técnico que indica el valor de un artículo) realizado al sinnúmero de propiedades que “pasaron a manos” del Estado, según el Informe de Evaluación Mutua de Ecuador, publicado por el Gafisud.
Entre 2008 y 2011, según el reporte oficial, en el país se han dictado sentencia en ocho casos por lavado de activos. De estos, seis se hallan en etapa de casación.
Mientras que otros cinco se encuentran con llamamiento de autos para sentencia.
Para Jeannette Forigua Rojas, del Estudio Jurídico Rodríguez Azuero de Colombia, tener también sanciones administrativas concretas es vital para las conductas de lavado de activos, ya que si estas siguen con sus actividades “corren el riesgo de contagiar al resto del mercado”.
La especialista recomendó que se consideren medidas de embargo preventivo para inmovilizar los activos mientras la justicia concluye los procesos penales.
Dijo, además, que es importante establecer la tipificación del terrorismo, considerando las consecuencias económicas inmediatas que genera el lavado de activos en el resto de bienes y valores.
Guillermo Iturralde, jefe de la Unidad de Análisis Económico, destacó la importancia de establecer una ley en el Proyecto de Código Integral Penal, pues no se puede incautar los bienes de una persona bajo sospecha de terrorismo, ya que eso primero debe ser investigado.
La semana pasada, el presidente Rafael Correa anunció que implementará reformas al nuevo Código Penal para reforzar la lucha contra esta actividad ilícita.
El Primer Mandatario agregó que se tomarán en cuenta algunas de las recomendaciones que ha hecho el Gafisud, organismo al que también pertenece el país.