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En lo que va del año se han receptado unas 100 denuncias en Guayaquil, según la Espol

La pena máxima por violación será de 22 años

La pena máxima por violación será de 22 años
07 de abril de 2014 - 00:00 - Redacción Justicia

Aproximadamente 100 casos de violación se denunciaron en Guayaquil desde enero hasta el 21 de marzo del presente año, según las cifras semanales recopiladas por el Centro de Estudios e Investigaciones Estadísticas de la Escuela Superior Politécnica del Litoral (Espol).

De acuerdo con los archivos de la institución, en el primer trimestre del año anterior hubo unos 70 incidentes.  En cada período de 7 días los números variaron entre 4 y 14 ultrajes.

El Centro Ecuatoriano de Análisis de Seguridad Integral (Ceasi) evidencia que en 2013, en Ecuador, se registraron 4.785 casos de este tipo, mientras que  en  2012 fueron 4.743.

Días atrás hubo un caso en Monte Sinaí, en el norte de Guayaquil. Tres hermanas convivían con el mismo hombre, identificado como Víctor H., y ahora él está acusado de violar a su hijastra, quien tiene 13 años y está embarazada. La menor es hija de una de las mujeres, que la tuvo en un compromiso anterior.

Tipificación

El ciudadano quedó con prisión preventiva por ese delito tipificado en el artículo 512 del Código Penal vigente. En el inciso se establece que: es violación el acceso carnal, con introducción total o parcial del miembro viril, por vía oral, anal o vaginal; o, la introducción, por vía vaginal o anal, de los objetos, dedos u órganos distintos del miembro viril, a una persona de cualquier sexo.

En el Código Penal vigente se reprime la violación con pena de 16 a 25 años; en el COIP es de 19 a 22.Además, indica que existe la infracción cuando “(1) la víctima fuera menor de 14 años; (2) la persona ofendida se hallare privada de la razón o del sentido, o cuando por enfermedad o por cualquier otra causa no pudiera resistirse; (3) y cuando se usare de violencia, amenaza o de intimidación”.

El delito de violación será reprimido con reclusión mayor especial de 16 a 25 años, en el número 1 del artículo anterior; y, con reclusión mayor extraordinaria de 12 a 16 años, en los números 2 y 3 del mismo artículo.

En el caso de Monte Sinaí, durante la audiencia de flagrancia el detenido dijo ser  inocente y agregó que su hijastra estaría embarazada de un tal ‘Chino’, con quien habría mantenido una relación. Sin embargo, la menor declaró que, supuestamente, sí fue abusada por su padrastro. Estos datos constan en la página web de la Función Judicial del Guayas.

Sanción con el nuevo COIP

En el nuevo Código Orgánico Integral Penal (COIP). quien cometiere una violación será sancionado con pena privativa de libertad de 19 a 22 años cuando: 1. La víctima se hal1e privada de la razón o del sentido, o cuando por enfermedad o  discapacidad no pudiera resistirse. 2. Se use violencia, amenaza o intimidación. 3. Sea menor de 14 años.

Se sancionará con la máxima pena cuando: la víctima sufriera una 1esión física o daño psicológico permanente; contrajera una enfermedad grave o mortal; si fuera menor de 10 años; si el agresor es tutora o tutor, representante 1egal, o cualquier persona del entorno íntimo de 1a familia, ministro de culto o profesional de la educación o tenga el deber de custodia. También, el agresor que es ascendiente o descendiente o colateral hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad.

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