La no afiliación al IESS contempla nueva sanción
Fabricio Agustín Ch. R., de 36 años, trabaja hace 2 en una planta de procesamiento de productos lácteos en el sector de Mapasingue. El patrono es amigo de él hace varios años y lo empleó, tras haber sido despedido como maestro de Música en una escuela particular.
Fabricio cuenta que no está afiliado al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) y que no le ha insistido a su jefe por el grado de consideración que le tiene y por conservar su puesto de trabajo sin interponer condiciones. Sin embargo, relata que hace un par de meses tuvo un accidente laboral en el que se vio afectado el dedo pulgar de su mano izquierda, por lo que el empleador lo llevó a una casa asistencial particular.
La situación hubiese sido distinta si hubiera estado afiliado, comenta con resignación.
Las incipientes labores de la planta es la excusa que presenta el dueño para postergar la afiliación de Fabricio y de otros dos empleados.
Ante esta realidad en el país, el Gobierno se propuso terminar con la explotación laboral, por lo que en 2011 en referéndum constitucional y consulta popular preguntó a la ciudadanía si estaba de acuerdo en que la no afiliación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social de trabajadores en relación de dependencia sea considerada delito. (Ver infofrafía ampliada)
Tras una rotunda mayoría que votó afirmativamente para que esta conducta se tipifique como infracción en el Código Penal, el Primer Mandatario modificó el artículo 244 del proyecto de Código Orgánico Integral Penal (COIP) que inicialmente señalaba que la falta de afiliación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social sea sancionado con pena privativa de libertad de tres a siete días, haciéndola ver como una contravención. El veto contempla el cambio de una sanción de pena privativa de libertad de uno a tres años.
Según el presidente Rafael Correa, uno de los fines de la pena es la prevención general positiva que consiste en que la sociedad, al ver que el sistema funciona de manera adecuada, restablece su confianza en este y adecúa su conducta para ser parte del buen funcionamiento.
“Para lograr este fin, las sanciones deben ser ejemplificadoras, para que este grave problema se reduzca y lograr erradicarlo por completo, convirtiéndonos en una sociedad, en donde los empleadores estén conscientes que deben cumplir con todas las obligaciones que se generan por la contratación de sus trabajadores”, señala el oficio enviado a la Asamblea Nacional, el pasado 16 de enero.
Rómulo Delgado, propietario de la marca Dulces de Alicia, asentada en Cuenca, está de acuerdo con que todos deben cumplir con lo que indique la ley, pero esta debe ser equitativa para las partes.
Comenta que no es falso que muchas veces son los mismos empleados que no desean afiliarse al IESS y eso ocurre por la poca confianza que tienen en la institución, llegando, incluso, al punto de decir que si los afiliaban renunciaban. Actualmente, Delgado tiene 15 empleados, todos afiliados, no obstante, confiesa que en los 20 años de existencia de la empresa, unos cinco dependientes prefirieron no afiliarse.
El emprendedor considera un poco exagerada la pena de tres años de prisión, puesto que a su criterio, los cambios culturales deben ser paulatinos, aunque está de acuerdo en que se debe presionar un poco para que la gente tome conciencia.
“El tema de la no afiliación es algo que no se puede pasar por alto, antes de este Gobierno, por ejemplo, empleaba a 22 personas, todas estaban afiliadas menos yo, el Gobierno cambió eso y ahora yo también estoy afiliado y agradezco por eso”, manifiesta Delgado, quien agrega que los empleados requieren que si se los va a afiliar que sea a algo de calidad, y como ejemplo cita la situación en el Hospital del IESS de Cuenca, donde se daba 11 mil atenciones al año, hoy en día es 44 mil, pero no se les hace a todos.
“Si van a sancionar a las personas que no afilien al IESS, está bien, pero si la gente no percibe que la afiliación es efectiva y tiene que pasar haciendo colas, esperando meses para una consulta, el mismo afiliado es el que se opone, al tratarse de un servicio enteramente deficitario”.
David Villamar, abogado en el libre ejercicio, explica que la afiliación del empleado al IESS cubre contingencias como enfermedad, maternidad, paternidad, riesgos de trabajo, cesantía, desempleo, vejez, invalidez, discapacidad, muerte, entre otras. En términos generales están obligados a la mencionada afiliación todos aquellos que desarrollen actividades económicas y perciban ingresos por este concepto, el trabajador en relación de dependencia, el trabajador autónomo, el profesional en libre ejercicio, el administrador o patrono de un negocio, el dueño de una empresa unipersonal y el menor trabajador independiente.